Saltar al contenido
Agenda País

Sectores

Reforma del Estado

Menos papeleo y duplicidad, más obras terminadas y servicios medibles

28 acciones, 4 necesitan ley

Dónde estamos

El Estado peruano gasta más, pero no siempre entrega más. Según la Contraloría (CGR), a marzo de 2025 había 2572 obras paralizadas por más de S/ 43 163 millones, y el 71,8 % pertenecía a gobiernos locales. En 2025 la inversión pública marcó un récord, pero los más de 1800 municipios solo ejecutaron el 74,8 % de su presupuesto de inversión, frente al 91,9 % del Gobierno Nacional y el 94,5 % de los gobiernos regionales (MEF).

En el presupuesto 2026, el 51,8 % del PIM de S/ 272 553 millones está en las categorías «Acciones centrales» y «Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos» (APNOP), es decir, fuera de los programas presupuestales que miden resultados (MEF, Consulta Amigable). La CGR estimó que la corrupción y la inconducta funcional costaron S/ 24 268 millones en 2023, el 12,7 % del presupuesto ejecutado, sobre todo en inversión y compras. El 58,7 % de la población señala la corrupción como el principal problema del país (INEI, enero-junio 2026).

El servicio civil sigue fragmentado en tres regímenes generales (DL 276, DL 728 y CAS) más carreras especiales; el CAS, pensado como temporal, concentra cerca del 40 % de los servidores fuera de las carreras especiales (SERVIR). Los planes tampoco conversan entre sí: en una matriz de 404 objetivos de políticas nacionales, planes sectoriales y planes regionales, dos de cada tres no se articulan bien con las acciones estratégicas del PEDN 2050. Hay señales de avance: en 2025 el Indecopi eliminó o inaplicó 14 056 barreras burocráticas, con un ahorro estimado de S/ 429 millones, y desde abril de 2025 rige la nueva Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069).

Brechas

La brecha más grande es territorial y de nivel de gobierno. Los gobiernos locales concentran el 71,8 % de las obras paralizadas (CGR, marzo de 2025) y ejecutan menos inversión (74,8 % del PIM en 2025, frente a más de 90 % en el nivel nacional y regional, MEF). La CGR estimó en 2023 pérdidas por corrupción de S/ 11 992 millones en el Gobierno Nacional, S/ 7615 millones en los gobiernos regionales y S/ 4660 millones en los locales, con incidencias regionales tan altas como 17,9 % del gasto ejecutado en el Callao.

En 2025 el Tesoro transfirió S/ 17 551 millones por canon, sobrecanon, regalías y otros recursos determinados, de los cuales S/ 11 828 millones fueron a municipios (DIP del Congreso, reporte 206/2025-2026, con datos del MEF): los distritos productores reciben mucho y los vecinos casi nada, y la capacidad para gastar bien no sigue al dinero. En el servicio civil, las municipalidades pequeñas dependen casi por completo de personal CAS y de confianza, sin carrera ni concurso. Los planes regionales son los más desarticulados del PEDN (91 % de objetivos con problemas de articulación en la matriz de 2026).

Causas de fondo

A dónde vamos

En 2056 cada peruano sabe qué entidad le responde por cada servicio, ve en un tablero público si se cumplió la meta y hace sus trámites una sola vez; las obras se terminan, los servidores entran por mérito y la corrupción dejó de ser el principal problema del país.
Metas indicativas
IndicadorHoy2031203620462056
Obras públicas paralizadas (número)Meta indicativa propia; la Ley 31589 obliga a priorizar y reactivar obras con 40 % o más de avance (TUO DS 206-2024-EF)2572 (mar-2025)≤ 1500≤ 800≤ 300≤ 100
Ejecución de la inversión de los gobiernos locales (% del PIM)Nivel alcanzado en 2025 por los gobiernos regionales (94,5 %, MEF)74,8 % (2025)≥ 85 %≥ 90 %≥ 92 %≥ 95 %
Presupuesto en Acciones centrales + APNOP (% del PIM)Meta indicativa propia: llevar el gasto a programas con resultados medibles51,8 % (2026)≤ 42 %≤ 32 %≤ 22 %≤ 15 %
Perjuicio por corrupción e inconducta funcional (% del presupuesto ejecutado)La propia CGR registró una baja de 14,9 % (2019) a 12,7 % (2023)12,7 % (2023)≤ 10 %≤ 8 %≤ 5 %≤ 3 %
Población que señala la corrupción como principal problema (%)Meta indicativa propia sobre la serie semestral del INEI58,7 % (ene-jun 2026)≤ 48 %≤ 38 %≤ 28 %≤ 20 %
Servidores de regímenes generales en CAS (%)Meta de la Ley 30057: un solo régimen basado en mérito≈ 40 % (SERVIR, año por verificar)≤ 30 %≤ 15 %≤ 5 %0 % (régimen único de servicio civil)
Objetivos de políticas, PESEM y PDRC desarticulados del PEDN (%)Meta indicativa propia; CEPLAN valida la articulación de cada instrumento66,8 % (2026)≤ 40 %≤ 25 %≤ 15 %≤ 10 %

Qué hacer

20262031203620462056Reforma del EstadoEST-01: Publicar el mapa nacional de duplicidades de entidades, programas y fondos (Acción del Ejecutivo)EST-02: Fusionar o cerrar las entidades y programas superpuestos por decreto supremo (Acción del Ejecutivo)EST-03: Exigir evaluación previa y cláusula de caducidad a toda entidad o programa nuevo (Ley)EST-04: Pasar el gasto sin productos (APNOP) a programas presupuestales con metas (Acción del Ejecutivo)EST-05: Reformular o cerrar los programas presupuestales con baja ejecución y sin evidencia (Acción del Ejecutivo)EST-07: Terminar las obras paralizadas con un plan nacional priorizado y fondo de culminación (Obra)EST-08: Crear oficinas regionales compartidas de proyectos para municipios con poca capacidad (Servicio)EST-09: Depurar el banco de inversiones y frenar el fraccionamiento de proyectos pequeños (Acción del Ejecutivo)EST-10: Completar el tránsito de las entidades a la Ley del Servicio Civil con calendario (Acción del Ejecutivo)EST-12: Ampliar el Cuerpo de Gerentes Públicos y elegir directivos por concurso (Servicio)EST-13: Aplicar la Ley 32069 con compradores certificados y compras agregadas (Acción del Ejecutivo)EST-14: Publicar cada compra en datos abiertos y detectar riesgos de colusión con analítica (Servicio)EST-15: Enfocar el control concurrente en riesgos y proteger la decisión técnica razonable (Ley)EST-16: Implementar modelos de integridad con declaraciones juradas públicas y protección al denunciante (Acción del Ejecutivo)EST-17: Cruzar planillas, contratos, sanciones e intereses en una plataforma abierta anticorrupción (Servicio)EST-20: Simplificar las mancomunidades para compartir servicios de agua, residuos e inversión (Acción del Ejecutivo)EST-21: Extender la calidad regulatoria a regiones y municipios con TUPA modelo y silencio positivo (Acción del Ejecutivo)EST-22: Depurar las leyes declarativas y obsoletas y limitar las nuevas sin financiamiento (Derogación)EST-23: Eliminar de oficio las barreras burocráticas con responsabilidad para quien las imponga (Acción del Ejecutivo)EST-24: Rearticular políticas y planes al PEDN y atar cada programa presupuestal a una meta (Acción del Ejecutivo)EST-25: Publicar metas por entidad en un tablero público con unidad de cumplimiento (Servicio)EST-06: Hacer revisiones de gasto anuales que separen gasto corriente útil de gasto inercial (Acción del Ejecutivo)EST-11: Cerrar el ingreso a los regímenes 276, 728 y CAS; unificar en servicio civil (Derogación)EST-18: Ordenar quién hace qué entre niveles de gobierno y reemplazar el sistema de acreditación (Derogación)EST-19: Estabilizar y redistribuir el canon con un fondo de ahorro y uso en mantenimiento (Ley)EST-26: Integrar los sistemas administrativos del Estado en una sola columna de datos (Acción del Ejecutivo)EST-27: Promover la integración de municipios y regiones con incentivos y consulta ciudadana (Ley)EST-28: Llegar a un presupuesto casi totalmente por resultados con evaluación permanente (Acción del Ejecutivo)

2026–2031

EST-01Publicar el mapa nacional de duplicidades de entidades, programas y fondosAcción del Ejecutivo

Levantar en un solo inventario público todas las entidades, programas nacionales, proyectos especiales, fondos y programas presupuestales del Poder Ejecutivo, con su base legal, población objetivo, presupuesto, productos y resultados. Cruzar ese inventario con las evaluaciones independientes del MEF (EDEP), los informes de servicios de control de la CGR y la matriz de articulación con el PEDN para marcar superposiciones: dos o más intervenciones que atienden a la misma población con el mismo producto. El resultado es una lista priorizada de candidatos a fusión, cierre o reasignación, con análisis de costo y riesgo, publicada en datos abiertos y actualizada cada año.

Qué se entrega
Inventario abierto de intervenciones del Ejecutivo y primera lista priorizada de al menos 30 superposiciones con recomendación (fusionar, cerrar, reasignar o mantener), publicada antes del proyecto de presupuesto 2028.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: la PCM (Secretaría de Gestión Pública), el MEF (DGPP) y CEPLAN pueden hacerlo con sus funciones rectoras de modernización, presupuesto y planeamiento; basta una resolución ministerial conjunta.
Responsable
PCM-SGP · con PCM-SGP (rectora), MEF-DGPP (ejecutora), CEPLAN (consultiva), CGR (consultiva)
Financiamiento
Presupuesto de los pliegos PCM y MEF; evaluaciones independientes ya presupuestadas por la DGPP.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de intervenciones del Ejecutivo inventariadas y con calificación de superposición publicada; % de recomendaciones con decisión formal en 12 meses.
Evidencia
Desde 2008 el MEF realiza evaluaciones independientes (EDEP) con compromisos de mejora; a 2014 se habían culminado 49 de 58 programadas, pero el propio MEF reconoce que se usan para mejorar diseños y no para reasignar o cerrar (MEF, informes 2014 y 2016). Hay precedentes de consolidación: el FONIPREL se reestructuró como FIDT y se liquidó el FONIE (DL 1435, 2018); Qali Warma fue sustituido por Wasi Mikuna tras problemas identificados (DS 010-2024-MIDIS).
Riesgo
Resistencia de los sectores a reconocer superposiciones y presión de beneficiarios organizados; si la lista no tiene consecuencias presupuestales, queda en informe.
Perú 2050
AE4.5.3, AE4.5.1
Depende de
DIG-13
Fuentes
MEF – Seguimiento de compromisos de las evaluaciones independientes (2014), MEF – Publicación EDEP 2016, DL 1435: el FONIPREL pasa a ser FIDT y se liquida el FONIE, Wasi Mikuna reemplaza a Qali Warma (DS 010-2024-MIDIS)
EST-02Fusionar o cerrar las entidades y programas superpuestos por decreto supremoAcción del Ejecutivo

Con la lista de EST-01, ejecutar cada año un paquete de fusiones y cierres: programas nacionales que atienden a la misma población, proyectos especiales que se volvieron permanentes y fondos concursables con fines parecidos. Cada decisión incluye un plan de transferencia de personal, activos, acervo documentario y obligaciones; un periodo de transición máximo de 12 meses; y la garantía de que el servicio al ciudadano no se interrumpe. Las disoluciones de organismos públicos se envían al Congreso como proyecto de ley del Ejecutivo, con análisis costo-beneficio. El ahorro administrativo se reasigna al producto final, no a gasto corriente nuevo.

Qué se entrega
Paquetes anuales de fusión y cierre aprobados por DS; al menos 15 intervenciones fusionadas o cerradas hacia 2031 con su informe de ahorro y continuidad del servicio.
¿Necesita ley?
En parte. La fusión de dependencias, programas y organismos de la administración central y su cambio de adscripción se hacen por decreto supremo con voto aprobatorio del Consejo de Ministros (Ley 27658, art. 13; LOPE). Crear o disolver organismos públicos exige ley a iniciativa del Poder Ejecutivo (LOPE, Ley 29158, arts. 28, 31 y 32): el Congreso no puede crear ni suprimir organismos por iniciativa propia, ni crear gasto (art. 79 de la Constitución).
Responsable
PCM · con PCM (rectora), MEF (financiadora), SERVIR (supervisora), Congreso (reguladora)
Financiamiento
Recursos de las propias entidades fusionadas; el ahorro se reasigna por ley anual de presupuesto.
Costo referencial
no estimado (los costos de transición, como liquidaciones y sistemas, dependen de cada caso)
Indicador
N.º de intervenciones fusionadas o cerradas por año; ahorro en gasto administrativo reasignado a productos; continuidad del servicio (cobertura antes y después).
Evidencia
La consolidación FONIPREL-FONIE en el FIDT (DL 1435) muestra que es posible unir fondos con fines parecidos sin perder el financiamiento territorial. En 2024 el sector Vivienda declaró en reorganización al OTASS, a los programas nacionales de saneamiento urbano y rural y a Agua Segura para Lima y Callao (DS 006-2024-VIVIENDA), un caso típico de superposición a resolver con evaluación (resultado de la reorganización por verificar).
Riesgo
Fusiones nominales que suman burocracias sin integrar procesos; conflicto laboral; captura por gremios o autoridades locales que defienden «su» programa.
Perú 2050
AE4.5.3
Depende de
EST-01
Fuentes
DL 1435 (FONIPREL → FIDT), MEF – Comunicado de entrada en vigencia del FIDT (2019), CEPLAN – PEDN 2050
EST-03Exigir evaluación previa y cláusula de caducidad a toda entidad o programa nuevoLey

Una regla simple: ningún organismo, programa nacional o fondo nuevo nace sin (1) un problema público definido con datos, (2) una comprobación de que no existe otra intervención que ya lo atienda, (3) un dictamen favorable del MEF sobre su costo y de la PCM sobre su diseño organizacional, y (4) una cláusula de caducidad de 5 a 8 años. Al vencer, continúa solo si una evaluación independiente muestra resultados. Para el stock actual, se fija un calendario de evaluación de todos los programas nacionales en 10 años. Se aplica también a los programas creados por decreto de urgencia.

Qué se entrega
Ley aprobada; registro público de intervenciones con fecha de caducidad; 100 % de programas nuevos con análisis ex ante publicado.
¿Necesita ley?
Sí. Requiere modificar la LOPE (Ley 29158, ley orgánica) y el DL 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público para que toda norma que cree un organismo, programa o fondo incluya un análisis ex ante y una fecha de caducidad salvo renovación tras evaluación. Por tratarse de organización del Ejecutivo y gasto, la iniciativa conveniente es del Ejecutivo (art. 79 de la Constitución).
Responsable
PCM-SGP · con PCM-SGP (rectora), MEF-DGPP (reguladora), Congreso (reguladora), CEPLAN (consultiva)
Financiamiento
Sin costo adicional significativo: usa equipos de PCM y MEF; las evaluaciones se pagan con el presupuesto de evaluaciones independientes de la DGPP.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de entidades y programas creados con análisis ex ante y cláusula de caducidad; n.º de programas que caducan o se renuevan tras evaluación.
Evidencia
Las cláusulas de caducidad (sunset) y la evaluación ex ante son recomendaciones reiteradas de la OCDE en gobernanza regulatoria y presupuestaria; en el Perú, el DL 1565 de Mejora de la Calidad Regulatoria ya exige AIR ex ante a proyectos normativos del Ejecutivo, con reglamento aprobado por DS 023-2025-PCM, pero no alcanza a la creación de entidades y programas.
Riesgo
Que el Congreso o el Ejecutivo exoneren caso por caso; que la evaluación de renovación sea un trámite sin consecuencias.
Perú 2050
AE4.5.2, AE4.5.3
Depende de
EST-01
Fuentes
Reglamento del AIR ex ante (DS 023-2025-PCM), Garrigues, MEF – Publicación EDEP 2016
EST-04Pasar el gasto sin productos (APNOP) a programas presupuestales con metasAcción del Ejecutivo

En 2026, de un PIM de S/ 272 553 millones, S/ 109 399 millones (40 %) están en «Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos» (APNOP) y S/ 31 679 millones (12 %) en «Acciones centrales». Parte es gasto legítimo (deuda, pensiones, transferencias), pero otra parte son bienes y servicios que sí producen algo y no se miden. Se propone que la DGPP revise el APNOP pliego por pliego, separe lo que es estructural (deuda, previsional) y migre el resto a programas presupuestales orientados a resultados o a productos con metas físicas, empezando por los 20 pliegos con más APNOP.

Qué se entrega
Clasificación pública del APNOP en estructural y migrable; al menos 30 % del APNOP migrable incorporado a programas presupuestales con metas físicas hacia 2031.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: el DL 1440 faculta a la DGPP a diseñar y aprobar programas presupuestales y a fijar la estructura programática por directiva y resolución directoral.
Responsable
MEF-DGPP · con MEF-DGPP (rectora), Ministerios (ejecutora), GORE (ejecutora), CEPLAN (consultiva)
Financiamiento
Presupuesto del MEF; reorganiza gasto existente, no crea gasto nuevo.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% del PIM en APNOP + Acciones centrales (línea de base 51,8 % en 2026).
Evidencia
El presupuesto por resultados se aplica en el Perú desde 2007; los programas presupuestales permiten seguir metas físicas y financieras por producto. El dato de APNOP y Acciones centrales sale del PIM 2026 publicado en la Consulta Amigable del MEF.
Riesgo
Reetiquetar gasto en programas sin cambiar la gestión; indicadores de producto que no miden resultados.
Perú 2050
AE4.5.3
Depende de
EST-01
Fuentes
MEF – Consulta Amigable
EST-05Reformular o cerrar los programas presupuestales con baja ejecución y sin evidenciaAcción del Ejecutivo

Aplicar una revisión anual a los 91 programas presupuestales. Al corte de 2026 hay programas con avances muy bajos: remediación de pasivos ambientales mineros (0,7 % del PIM devengado), control de la oferta de drogas (1,6 %), promoción de la inversión privada (17,7 %), ciencia y tecnología (22,7 %) y alimentación escolar (25,0 %). Los cortes intraanuales deben leerse con cuidado, pero si un programa repite baja ejecución dos años seguidos y no tiene evidencia de efecto, se reformula su modelo operativo, se fusiona con otro que atienda la misma población o se cierra y su dinero pasa a programas que sí entregan.

Qué se entrega
Semáforo anual público de los 91 programas (ejecución, evidencia, resultados); al menos 10 programas reformulados, fusionados o cerrados hacia 2031.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: la DGPP puede reformular, fusionar o dar de baja programas presupuestales por directiva (DL 1440) y reasignar en el proyecto de presupuesto anual.
Responsable
MEF-DGPP · con MEF-DGPP (rectora), Ministerios (ejecutora), CGR (supervisora)
Financiamiento
Reasignación dentro del presupuesto existente.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de programas con ejecución menor al 60 % dos años seguidos; n.º de programas reformulados o cerrados con evaluación.
Evidencia
Cálculo propio sobre el PIM y devengado 2026 de los 91 programas presupuestales (MEF, Consulta Amigable; corte intraanual). La DGPP ya firma compromisos de mejora tras cada evaluación independiente, pero el MEF reconoce que no se usan para la ejecución (balance EDEP 2016).
Riesgo
Castigar programas nuevos que ejecutan lento por diseño o castigar al territorio en lugar de corregir la gestión.
Perú 2050
AE4.5.3
Depende de
EST-04
Fuentes
MEF – Consulta Amigable (programas presupuestales 2026), MEF – Beneficios del uso de resultados de las EDEP
EST-07Terminar las obras paralizadas con un plan nacional priorizado y fondo de culminaciónObra

A marzo de 2025 la CGR registraba 2572 obras paralizadas por más de S/ 43 163 millones, 71,8 % de gobiernos locales. Se propone un plan nacional que (1) clasifique cada obra en terminable, reformulable o inviable, con dictamen técnico; (2) priorice las de mayor avance y servicio crítico (agua, salud, escuelas); (3) financie saldos con un fondo concursable de culminación administrado por el MEF dentro del FIDT, con contratos de saldo de obra y supervisión independiente; y (4) cierre formalmente y registre en Invierte.pe las inviables, con deslinde de responsabilidades. Las obras de salud se coordinan con SAL-04.

Qué se entrega
Inventario clasificado de todas las obras paralizadas en INFObras; al menos 1000 obras culminadas y en servicio hacia 2031; las inviables cerradas con informe público.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley nueva: la Ley 31589 y su TUO (DS 206-2024-EF), con el procedimiento especial del DL 1636, ya permiten inventariar, priorizar y contratar saldos de obra; el fondo se arma por ley anual de presupuesto y reasignación del FIDT.
Responsable
MEF-DGPMI · con MEF-DGPMI (rectora), CGR (supervisora), GORE (ejecutora), Municipalidades (ejecutora), ANIN (ejecutora)
Financiamiento
FIDT, reasignaciones de la ley anual de presupuesto, recursos de los pliegos titulares y Obras por Impuestos (Ley 29230) para saldos.
Costo referencial
no estimado (el valor total de las obras, S/ 43 163 millones, no equivale al saldo por ejecutar, que debe calcularse obra por obra)
Indicador
N.º de obras paralizadas en INFObras (línea de base 2572, marzo de 2025); obras culminadas y en servicio por año.
Evidencia
Entre enero y marzo de 2025 se reactivaron 76 obras por más de S/ 1538 millones con seguimiento de INFObras y los OCI (CGR); la Ley 31589 concentra el esfuerzo en obras con 40 % o más de avance, donde el saldo es menor. La CGR identificó como causas principales el incumplimiento del contrato y la falta de recursos (plan de control preventivo, 2025).
Riesgo
Terminar obras mal diseñadas que no prestan servicio, o premiar con nuevos fondos a las entidades que las paralizaron; arbitrajes pendientes que bloquean la culminación.
Perú 2050
AE4.5.3, AE4.6.1
Depende de
SAL-04, EST-13, EST-15
Fuentes
Congreso exige a la CGR acciones por más de 2500 obras paralizadas, CGR: se reactivan 76 obras por S/ 1538 millones (Andina), TUO de la Ley 31589 (DS 206-2024-EF), DL 1636: procedimiento especial para saldos de obra, CGR – INFObras
EST-08Crear oficinas regionales compartidas de proyectos para municipios con poca capacidadServicio

En cada región, una oficina técnica compartida (formuladores, proyectistas, especialistas en contratación y supervisores) que da servicio a las municipalidades distritales sin equipo propio: elabora expedientes con diseños tipo, acompaña las contrataciones y supervisa la ejecución. Opera con convenios y un catálogo de proyectos estándar (agua rural, pistas, colegios, puestos de salud). Las municipalidades conservan la decisión y el presupuesto; la oficina aporta la capacidad. Se prioriza a los distritos con más obras paralizadas y menor ejecución.

Qué se entrega
25 oficinas regionales compartidas operando; catálogo nacional de diseños tipo; al menos 600 municipios distritales atendidos hacia 2031.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: los gobiernos regionales, las mancomunidades y el MEF pueden suscribir convenios de asistencia técnica y encargos de gestión (Ley 27444, Ley 29029) y financiarlos con Invierte.pe y el presupuesto regional.
Responsable
GORE · con GORE (ejecutora), MEF-DGPMI (rectora), Municipalidades (beneficiaria), PCM-SD (consultiva)
Financiamiento
Presupuesto de los gobiernos regionales, FIDT para estudios de preinversión y cooperación técnica (BID, Banco Mundial).
Costo referencial
no estimado
Indicador
Ejecución de inversión de los municipios atendidos (% del PIM); n.º de expedientes con diseño tipo; obras paralizadas en municipios atendidos.
Evidencia
En 2025 los municipios ejecutaron 74,8 % de su PIM de inversión frente a 94,5 % de los gobiernos regionales (MEF), y concentran el 71,8 % de las obras paralizadas (CGR). Los expedientes deficientes son una causa central de paralización según la CGR.
Riesgo
Que la oficina se convierta en otra capa burocrática o en instrumento político del gobierno regional.
Perú 2050
AE4.6.1, AE4.5.3
Depende de
EST-07, EST-20
Fuentes
MEF: inversión pública 2025 por nivel de gobierno (El Peruano), Inversión pública 2025: récord y brecha municipal (ProActivo), CGR – Plan de control preventivo de obras paralizadas (2025)
EST-09Depurar el banco de inversiones y frenar el fraccionamiento de proyectos pequeñosAcción del Ejecutivo

El banco de inversiones acumula miles de proyectos viables que nunca se ejecutan y otros fraccionados en piezas pequeñas para evitar controles o licitaciones mayores. Se propone: cierre automático de inversiones viables sin ejecución en cinco años, salvo justificación; alertas de fraccionamiento (misma localidad, mismo objeto, varios códigos) con reporte a la CGR; programación multianual que obligue a financiar primero la culminación y la operación y mantenimiento antes de empezar obras nuevas; y un tablero público por entidad con inversiones abiertas, cerradas y paralizadas, enlazado con INFObras.

Qué se entrega
Banco de inversiones depurado; regla de «terminar antes de empezar» en la programación multianual; tablero público enlazado con INFObras.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: el DL 1252 (Invierte.pe) y su reglamento facultan a la DGPMI a fijar reglas de registro, cierre de inversiones y umbrales por directiva.
Responsable
MEF-DGPMI · con MEF-DGPMI (rectora), CGR (supervisora), GORE (ejecutora), Municipalidades (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto del MEF.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de inversiones viables sin ejecución por más de cinco años; % de la inversión anual destinada a culminar proyectos en curso.
Evidencia
La CGR y el MEF reportan carteras sobredimensionadas y obras sin financiamiento para terminar; la falta de recursos es una causa principal de paralización (CGR, 2025). La programación multianual de inversiones ya existe en Invierte.pe, pero no prohíbe iniciar obras nuevas con saldos pendientes.
Riesgo
Excepciones políticas a la regla de terminar primero; cierre de proyectos útiles en zonas sin capacidad de formulación.
Perú 2050
AE4.5.3
Depende de
EST-07
Fuentes
CGR – INFObras, CGR – Plan de control preventivo de obras paralizadas (2025)
EST-10Completar el tránsito de las entidades a la Ley del Servicio Civil con calendarioAcción del Ejecutivo

La Ley 30057 (2013) previó que las entidades pasaran al nuevo régimen en seis años; el proceso avanzó muy poco. Se propone un calendario por grupos (primero ministerios y organismos rectores, luego gobiernos regionales y municipalidades provinciales), con financiamiento asegurado por el MEF, apoyo técnico de SERVIR para los mapeos de puestos y concursos, y publicación del avance por entidad. Los servidores de los regímenes 276 y 728 pueden pasar voluntariamente por concurso; los nuevos ingresos ya solo se hacen por el régimen de la Ley 30057 en las entidades que completen el tránsito.

Qué se entrega
Calendario oficial de tránsito por entidad; al menos 60 % de los servidores del Gobierno Nacional en el régimen de la Ley 30057 hacia 2036.
¿Necesita ley?
En parte. El tránsito ya está mandado por la Ley 30057 y su reglamento; SERVIR puede fijar etapas por resolución. Es parcial porque financiar la nueva escala y fijar un plazo final obligatorio con consecuencias requiere ley de presupuesto o una modificación de la Ley 30057, de iniciativa del Ejecutivo (art. 79 de la Constitución).
Responsable
SERVIR · con SERVIR (rectora), MEF (financiadora), PCM (supervisora), Ministerios (ejecutora), GORE (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto de los pliegos con transferencias del MEF por ley anual de presupuesto; costo creciente por la nueva escala que debe proyectarse en el Marco Macroeconómico Multianual.
Costo referencial
no estimado (depende de la escala salarial y de cuántos servidores pasen; debe calcularlo el MEF con el AIRHSP)
Indicador
% de servidores en el régimen de la Ley 30057; n.º de entidades con tránsito culminado.
Evidencia
SERVIR aprobó en 2017 los lineamientos de tránsito en cuatro etapas; la segunda disposición complementaria transitoria del DL 1057 mantiene el CAS hasta que cada entidad implemente la Ley 30057. El CAS concentra cerca del 40 % de los servidores de regímenes generales (SERVIR). Chile profesionalizó su alta dirección con el Sistema de Alta Dirección Pública (Servicio Civil de Chile).
Riesgo
Costo fiscal y oposición sindical; tránsito formal sin concursos reales de mérito.
Perú 2050
AE4.5.3, AE4.5.6
Depende de
EST-11
Fuentes
SERVIR – Lineamientos para el tránsito al régimen de la Ley 30057, SERVIR: crecimiento del CAS (LP Derecho), Servicio Civil de Chile – Alta Dirección Pública
EST-12Ampliar el Cuerpo de Gerentes Públicos y elegir directivos por concursoServicio

Duplicar en cinco años el número de gerentes públicos asignados y priorizar puestos críticos: directores de hospitales y redes de salud, unidades de gestión educativa, oficinas de abastecimiento, de presupuesto y de inversiones de gobiernos regionales y municipalidades provinciales. Cada gerente firma un convenio con metas públicas y se evalúa por resultados. En paralelo, que al menos la mitad de los directivos de cada ministerio se elija por concurso en el régimen de la Ley 30057, con perfiles publicados y verificación previa de requisitos.

Qué se entrega
Al menos 800 gerentes públicos asignados con convenio de metas hacia 2031; 50 % de directivos de ministerios seleccionados por concurso.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: el Cuerpo de Gerentes Públicos existe (DL 1024) y la Ley 30057 regula el grupo directivo; SERVIR puede convocar y asignar con el presupuesto de los pliegos. Los requisitos mínimos para cargos de confianza ya están en la Ley 31419.
Responsable
SERVIR · con SERVIR (rectora), Ministerios (beneficiaria), GORE (beneficiaria), MEF (financiadora)
Financiamiento
Presupuesto de SERVIR (selección) y de los pliegos que reciben gerentes (remuneración), con cofinanciamiento previsto por ley anual de presupuesto.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de gerentes públicos asignados y con convenio vigente; % de directivos seleccionados por concurso; cumplimiento de metas de los convenios.
Evidencia
SERVIR reportó un banco de alrededor de 400 gerentes públicos listos para ser asignados (Andina; año por verificar). Chile, con su Sistema de Alta Dirección Pública, selecciona por concurso a la mayoría de los directivos de servicios públicos (Servicio Civil de Chile).
Riesgo
Rotación política que retira a los gerentes antes de cumplir metas; asignación a puestos sin poder real de decisión.
Perú 2050
AE4.5.3, AE4.5.6
Depende de
EST-10
Fuentes
SERVIR cuenta con 400 gerentes públicos (Andina), Servicio Civil de Chile – Alta Dirección Pública
EST-13Aplicar la Ley 32069 con compradores certificados y compras agregadasAcción del Ejecutivo

Llevar la nueva ley a la práctica en las entidades que más compran y peor ejecutan: (1) certificación obligatoria y por niveles de los funcionarios de abastecimiento, con un plan del OECE para cubrir primero a gobiernos regionales y municipalidades provinciales; (2) más compras corporativas y acuerdos marco de PERÚ COMPRAS para bienes y servicios comunes (medicinas, equipos, combustible, alimentos), que reducen precios y carga administrativa; (3) expedientes y bases estándar por tipo de obra; y (4) contratos colaborativos y de gestión de proyectos para obras complejas. Cada año se publica un balance por entidad de plazos, precios y procesos desiertos.

Qué se entrega
100 % de las oficinas de abastecimiento de ministerios y gobiernos regionales con personal certificado hacia 2029; bases estándar para las 10 tipologías de obra más frecuentes; informe anual de desempeño de compras por entidad.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: la Ley 32069 (vigente desde el 22 de abril de 2025) y su reglamento (DS 009-2025-EF) ya dan las herramientas; la DGA del MEF como rectora del abastecimiento, el OECE y PERÚ COMPRAS las implementan por directivas.
Responsable
OECE · con MEF-DGA (rectora), OECE (ejecutora), PERÚ COMPRAS (ejecutora), CGR (supervisora)
Financiamiento
Presupuesto del OECE y PERÚ COMPRAS; certificación cofinanciada por las entidades.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de compradores certificados; % de procesos desiertos; plazo promedio de contratación; ahorro por compras corporativas y acuerdos marco.
Evidencia
La CGR estimó que en 2023 las contrataciones concentraron S/ 8836 millones del perjuicio por corrupción e inconducta funcional, después de la inversión (S/ 8963 millones). La agregación de demanda y los acuerdos marco reducen precios unitarios y costos de transacción, como muestran Chile (ChileCompra) y Colombia (Colombia Compra Eficiente).
Riesgo
Que la nueva ley se aplique con la cultura anterior (excesivo formalismo) o que se multipliquen regímenes de excepción por normas sectoriales.
Perú 2050
AE4.5.3, AE4.5.6
Depende de
EST-14
Fuentes
Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (texto actualizado), Reglamento de la Ley 32069 (DS 009-2025-EF), PPU, CGR: perjuicio por corrupción 2023 por tipo de gasto (Infobae)
EST-14Publicar cada compra en datos abiertos y detectar riesgos de colusión con analíticaServicio

Completar y mejorar la publicación de todas las etapas de cada contratación (plan, convocatoria, ofertas, adjudicación, contrato, adendas, pagos y resultado de la obra) en el Portal de Contrataciones Abiertas del OECE, enlazada con INFObras, el SIAF y el registro de beneficiarios finales. Sobre esos datos, un tablero de banderas rojas: postor único, fraccionamiento, adendas que elevan el monto, empresas recién creadas, proveedores con sanciones o vínculos con funcionarios. Las alertas llegan a la entidad, a su Órgano de Control Institucional y a la ciudadanía.

Qué se entrega
100 % de procesos con ciclo completo en OCDS enlazado a INFObras y SIAF; tablero público de banderas rojas actualizado a diario.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: el OECE ya publica bajo el estándar OCDS y el DS 029-2021-PCM dispuso la apertura por defecto de los datos del SEACE; la mejora es operativa. La transparencia en tiempo real con API obligatoria para todas las entidades se refuerza con la propuesta GOB-05 de Agenda Legislativa Tech.
Responsable
OECE · con OECE (ejecutora), CGR (supervisora), PCM-SGTD (consultiva), MEF (consultiva)
Financiamiento
Presupuesto del OECE y de la CGR; cooperación internacional para la analítica.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de contratos con ciclo completo publicado; n.º de alertas atendidas por los OCI; % de procesos con postor único.
Evidencia
Ucrania con ProZorro y la comunidad de Open Contracting muestran que publicar todo el ciclo de compras en datos abiertos facilita la competencia y el control social. En el Perú la API OCDS del OECE ya es pública y sin clave.
Riesgo
Datos incompletos o tardíos que hacen inútil la analítica; alertas sin seguimiento.
Perú 2050
AE4.5.5, AE4.5.6
Depende de
DIG-13, GOB-05 (Agenda Tech)
Fuentes
OECE – Portal de Contrataciones Abiertas (OCDS), ProZorro (Ucrania), CGR – INFObras
EST-15Enfocar el control concurrente en riesgos y proteger la decisión técnica razonableLey

El control concurrente se aplica hoy a toda inversión pública de más de S/ 5 millones y se financia con hasta 2 % de su valor (Ley 31358, modificada por la Ley 31640); además es vinculante (Ley 31500). Se propone: (1) asignarlo por nivel de riesgo y no solo por monto, (2) fijar plazos máximos para que la CGR emita sus informes de hito y publicarlos, (3) medir su efecto en plazos y costos de las obras controladas, y (4) una regla de decisión técnica razonable: no hay responsabilidad administrativa cuando el funcionario decidió dentro de sus competencias, con informe técnico y procedimiento documentado, aunque el resultado no sea el esperado. Sin impunidad para el dolo ni la negligencia grave.

Qué se entrega
Ley modificatoria aprobada; matriz pública de riesgo para asignar el control concurrente; evaluación independiente de su efecto publicada cada dos años.
¿Necesita ley?
Sí. Modifica la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control (ley orgánica), y la Ley 31358 de control concurrente; las reglas de responsabilidad administrativa funcional tienen reserva de ley.
Responsable
CGR · con CGR (ejecutora), Congreso (reguladora), MEF (consultiva), SERVIR (consultiva)
Financiamiento
Rubro de control concurrente ya previsto en el costo de las inversiones (hasta 2 % del valor, Ley 31358).
Costo referencial
no estimado
Indicador
Plazo promedio de los informes de hito; variación de plazos y costos en obras con control concurrente frente a obras similares sin él; n.º de funcionarios sancionados por decisiones técnicas documentadas.
Evidencia
La CGR reconoció límites operativos para cubrir las obras paralizadas (Gestión). El control concurrente permite corregir durante la ejecución, pero su efecto en plazos no se ha evaluado de forma independiente (por verificar). La protección de la decisión técnica razonable sigue el criterio de la regla de juicio empresarial aplicada a la gestión pública.
Riesgo
Que la regla de protección se use para encubrir decisiones arbitrarias, o que el control por riesgo se perciba como debilitamiento de la CGR.
Perú 2050
AE4.5.6, AE4.5.3
Depende de
EST-07
Fuentes
Transferencia financiera a la CGR por control concurrente (El Peruano), La CGR ve reducida su capacidad operativa (Gestión)
EST-16Implementar modelos de integridad con declaraciones juradas públicas y protección al denuncianteAcción del Ejecutivo

Que cada entidad tenga una oficina de integridad con funciones claras, un mapa de riesgos de corrupción en compras, recursos humanos e inversión, y un informe anual público. Las declaraciones juradas de intereses se publican en datos abiertos y se cruzan con proveedores y beneficiarios finales. La Plataforma Digital Única de Denuncias garantiza reserva de identidad, trazabilidad del caso y respuesta en plazo. Las entidades con peores índices de riesgo reciben acompañamiento de la Secretaría de Integridad Pública y del OCI.

Qué se entrega
100 % de ministerios, gobiernos regionales y municipalidades provinciales con modelo de integridad y mapa de riesgos publicados; declaraciones de intereses en datos abiertos.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: la Ley 31227 (declaración jurada de intereses ante la CGR), el DL 1327 (protección al denunciante), el DL 1372 (beneficiario final) y la Secretaría de Integridad Pública de la PCM ya dan base; falta implementar y medir.
Responsable
PCM-SIP · con PCM-SIP (rectora), CGR (supervisora), Ministerios (ejecutora), GORE (ejecutora), Municipalidades (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto de cada pliego y de la PCM.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de entidades con modelo de integridad implementado; tiempo de atención de denuncias; % del presupuesto perdido por corrupción según la CGR.
Evidencia
La CGR estimó que la corrupción y la inconducta funcional costaron S/ 24 268 millones en 2023 (12,7 % del presupuesto ejecutado), con S/ 6469 millones en recursos humanos. La plataforma de denuncias ya opera (denuncias.servicios.gob.pe) sobre la base del reglamento del DL 1327.
Riesgo
Oficinas de integridad decorativas sin independencia; represalias contra denunciantes.
Perú 2050
AE4.5.6
Depende de
EST-17, GOB-12 (Agenda Tech)
Fuentes
Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, CGR: perjuicio por corrupción 2023 (Infobae)
EST-17Cruzar planillas, contratos, sanciones e intereses en una plataforma abierta anticorrupciónServicio

Una plataforma pública que une en un solo lugar, con identificadores comunes (RUC, DNI de funcionarios en cargos públicos), los datos de planillas (AIRHSP), contrataciones (OCDS), obras (INFObras), sanciones administrativas y penales, declaraciones juradas de intereses y aportes de campaña. Permite ver, por ejemplo, si un proveedor tiene como socio a un funcionario de la entidad que le compra, o si un sancionado sigue contratando. Se publica con metodología abierta y vías de corrección.

Qué se entrega
Plataforma abierta con al menos seis fuentes integradas y descarga masiva; informe semestral de hallazgos derivados a los OCI.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: la Ley 27806 de transparencia y la apertura por defecto de datos del Estado permiten publicar estos datos; la interoperabilidad la conduce la PCM (remite a DIG-13). Los datos personales sensibles se protegen según la Ley 29733.
Responsable
PCM-SGTD · con PCM-SGTD (ejecutora), PCM-SIP (rectora), CGR (supervisora), OECE (consultiva), ANPD (reguladora)
Financiamiento
Presupuesto de la PCM; cooperación internacional.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de fuentes integradas; n.º de alertas derivadas y casos con resultado; percepción de corrupción (INEI).
Evidencia
Brasil, con el Portal da Transparência de la CGU, integra gasto, contratos y sanciones; en el Perú ya existen las piezas por separado (MEF, OECE, CGR, SERVIR, JNE). El 58,7 % de la población considera la corrupción el principal problema del país (INEI, 2026).
Riesgo
Errores de cruce que dañen a personas inocentes; resistencia a publicar datos de funcionarios.
Perú 2050
AE4.5.5, AE4.5.6
Depende de
DIG-13, EST-14
Fuentes
INEI – Percepción ciudadana sobre gobernabilidad, enero-junio 2026, OECE – Portal de Contrataciones Abiertas
EST-20Simplificar las mancomunidades para compartir servicios de agua, residuos e inversiónAcción del Ejecutivo

Las municipalidades pequeñas no pueden, solas, operar agua potable, rellenos sanitarios o maquinaria. La mancomunidad permite hacerlo en conjunto, pero hoy su trámite es lento y muchas se registran y no funcionan. Se propone simplificar el registro (expediente digital, plazos cortos, modelos de estatuto por servicio), condicionar parte de los incentivos del FIDT y del programa de incentivos municipales a proyectos mancomunados, y permitir con la modificación de la Ley 29029 que una mancomunidad reciba transferencias directas para operar servicios.

Qué se entrega
Registro digital simplificado; 100 mancomunidades operando servicios con presupuesto propio hacia 2036.
¿Necesita ley?
En parte. El registro y el apoyo técnico se mejoran con la modificación del reglamento del Registro de Mancomunidades (RSD 009-2021-PCM/SD) y del reglamento de la Ley 29029. Es parcial porque permitir que una mancomunidad sea pliego presupuestal con transferencias directas requiere modificar la Ley 29029.
Responsable
PCM-SD · con PCM-SD (rectora), Municipalidades (ejecutora), MEF (financiadora), MVCS (consultiva), MINAM (consultiva)
Financiamiento
FIDT y programa de incentivos a la mejora de la gestión municipal; aportes municipales.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de mancomunidades que operan un servicio con presupuesto propio; población atendida.
Evidencia
La Ley 29029 da personería jurídica a las mancomunidades inscritas en el registro de la Secretaría de Descentralización, que sigue activo (por ejemplo, RSD 001-2026-PCM/SD). La agregación de municipios para servicios es práctica común en países con fragmentación municipal (por ejemplo, Francia con sus comunidades de comunas).
Riesgo
Mancomunidades creadas para captar fondos sin operar servicios; desconfianza entre alcaldes.
Perú 2050
AE4.6.1
Depende de
GOB-19 (Agenda Tech)
Deroga o simplifica
  • Resolución de Secretaría de Descentralización 009-2021-PCM/SD, Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales: Simplificar requisitos y plazos de inscripción con expediente digital y estatutos modelo por servicio.
Fuentes
Ley 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal (vLex), RSD 001-2026-PCM/SD (inscripción en el Registro de Mancomunidades)
EST-21Extender la calidad regulatoria a regiones y municipios con TUPA modelo y silencio positivoAcción del Ejecutivo

La revisión de procedimientos (antes ACR del DL 1310, hoy régimen del DL 1565) alcanzó sobre todo al Poder Ejecutivo; los trámites más frecuentes de las personas y las mypes están en municipios y regiones. Se propone: TUPA modelo obligatorios para los 30 trámites municipales más comunes (licencias de funcionamiento, edificación, anuncios, defensa civil), con requisitos y tasas máximas; revisión ex post de los procedimientos regionales y municipales por bloques; constancia automática de silencio positivo en la plataforma GOB.PE (DIG-04); y una ley corta que reduzca los supuestos de silencio negativo a los estrictamente necesarios.

Qué se entrega
TUPA modelo para 30 trámites municipales; 100 % de municipalidades provinciales con procedimientos revisados hacia 2031; constancia automática de silencio positivo.
¿Necesita ley?
En parte. La PCM puede aprobar TUPA modelo y ampliar el análisis de calidad regulatoria por decreto supremo (DL 1565 y su reglamento, DS 023-2025-PCM; Ley 28976 para licencias de funcionamiento). La Ley 32743 delegó además facultades para simplificar procedimientos (numeral 2.2.2) hasta enero de 2027. Es parcial porque reducir la lista legal de supuestos de silencio negativo del TUO de la Ley 27444 requiere norma con rango de ley.
Responsable
PCM-SGP · con PCM-SGP (rectora), Municipalidades (ejecutora), GORE (ejecutora), INDECOPI (supervisora), PCM-SGTD (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto de la PCM; programa de incentivos a la mejora de la gestión municipal (MEF).
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de procedimientos municipales y regionales revisados; tiempo y costo promedio de licencias de funcionamiento y edificación; % de procedimientos con silencio positivo.
Evidencia
En 2025 el Indecopi eliminó o inaplicó 14 056 barreras burocráticas con un ahorro estimado de S/ 429 millones; los ministerios y las municipalidades provinciales concentraron el mayor ahorro. El Indecopi ha declarado ilegal imponer silencio negativo en TUPA municipales sin sustento (Resolución 0246-2022/SEL-INDECOPI).
Riesgo
Municipalidades que pierden ingresos por tasas y se resisten; revisiones formales que ratifican todo.
Perú 2050
AE4.5.2
Depende de
DIG-04, GOB-15 (Agenda Tech)
Deroga o simplifica
  • TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (DS 006-2026-JUS), artículo sobre procedimientos sujetos a silencio negativo: Reducir los supuestos legales de silencio negativo a los que afectan de forma significativa el interés público, con sustento obligatorio.
  • Ley 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento: Habilitar TUPA modelo con requisitos y tasas máximas obligatorias para licencias de funcionamiento en todas las municipalidades.
Fuentes
Indecopi: barreras burocráticas eliminadas en 2025 (Gestión), Indecopi declara ilegal el silencio negativo en un TUPA municipal (LP Derecho), PCM – ACR: proceso de ratificación y buenas (y malas) prácticas, Reglamento del AIR (DS 023-2025-PCM), Garrigues
EST-22Depurar las leyes declarativas y obsoletas y limitar las nuevas sin financiamientoDerogación

El Congreso aprueba cada año decenas de leyes que «declaran de necesidad pública e interés nacional» una obra, un hospital o una carretera sin financiamiento ni proyecto viable; generan expectativas y no obligan a nada. Se propone (1) una ley de depuración por bloques, preparada con el Ministerio de Justicia, que derogue expresamente las leyes declarativas y las normas obsoletas o ya cumplidas, empezando por las de inversiones; y (2) modificar la Ley 26889 para que toda ley declarativa de una inversión exija opinión del sector y del MEF y registro en Invierte.pe, o no se tramite. Se coordina con SAL-06, que aplica la misma lógica a hospitales.

Qué se entrega
Primera ley de depuración con al menos 500 normas derogadas expresamente; modificación de la Ley 26889 aprobada.
¿Necesita ley?
Sí. Derogar leyes exige otra ley; y fijar requisitos para las leyes declarativas requiere modificar la Ley 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, y el Reglamento del Congreso (resolución legislativa).
Responsable
MINJUSDH · con MINJUSDH (ejecutora), Congreso (reguladora), MEF (consultiva), PCM (consultiva)
Financiamiento
Presupuesto del MINJUSDH y del Congreso; sin costo adicional relevante.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de normas derogadas expresamente; n.º de leyes declarativas de inversión aprobadas sin opinión del MEF por año.
Evidencia
SAL-06 documenta el caso de la Ley 31238, que declara de interés nacional un hospital en Arequipa sin financiamiento. El análisis de leyes de Agenda Legislativa Tech identificó que leyes sin reglamento ni recursos son una de las principales brechas de implementación (GOB-18).
Riesgo
Costo político para los legisladores que promovieron esas leyes; depuración que derogue por error normas aún útiles.
Perú 2050
AE4.5.2
Depende de
SAL-06, GOB-18 (Agenda Tech)
Deroga o simplifica
  • Ley 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa: Exigir opinión sectorial y del MEF y registro en Invierte.pe para leyes declarativas de inversiones.
  • Ley 31238 y leyes declarativas análogas de «necesidad pública e interés nacional» de inversiones sin financiamiento: Derogación expresa por bloques; la decisión de inversión se toma en Invierte.pe.
Fuentes
MEF – Consulta Amigable (inversiones), CEPLAN – PEDN 2050
EST-23Eliminar de oficio las barreras burocráticas con responsabilidad para quien las impongaAcción del Ejecutivo

Pasar de la eliminación caso por caso a programas sectoriales de oficio: cada año el Indecopi elige tres sectores con más trabas (por ejemplo, construcción, telecomunicaciones y comercio) y revisa todas las exigencias de ministerios, regiones y municipios. Publica un ranking de entidades con más barreras declaradas ilegales, aplica las sanciones previstas al funcionario que siga exigiéndolas y comparte los hallazgos con la PCM para corregir los TUPA (EST-21).

Qué se entrega
Tres programas sectoriales de oficio por año; ranking público de entidades; ahorro estimado publicado anualmente.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: el DL 1256 (Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas) ya faculta al Indecopi a actuar de oficio, inaplicar barreras con efectos generales y sancionar a los funcionarios que las apliquen.
Responsable
INDECOPI · con INDECOPI (ejecutora), PCM-SGP (consultiva), Municipalidades (beneficiaria)
Financiamiento
Presupuesto del Indecopi.
Costo referencial
no estimado
Indicador
Barreras eliminadas o inaplicadas por año; ahorro estimado; reincidencia por entidad.
Evidencia
El Indecopi pasó de 26 387 barreras eliminadas en 2020-2024 (ahorro de S/ 873 millones) a 14 056 en 2025 (ahorro de S/ 429 millones), lo que muestra que la acción de oficio por sectores escala resultados.
Riesgo
Que las entidades vuelvan a imponer las mismas barreras con otro nombre; capacidad limitada del Indecopi en regiones.
Perú 2050
AE4.5.2
Depende de
EST-21
Fuentes
Indecopi: eliminación de barreras 2025 (Gestión)
EST-24Rearticular políticas y planes al PEDN y atar cada programa presupuestal a una metaAcción del Ejecutivo

En una matriz de 404 objetivos de 25 políticas nacionales, 9 planes sectoriales y los 25 planes regionales, el 66,8 % está mal articulado con las 162 acciones estratégicas del PEDN 2050, y en los planes regionales llega al 91 % (sobre todo por objetivos que empaquetan muchas acciones sin lógica). Se propone que CEPLAN publique y valide esa matriz, ordene actualizar los instrumentos peor articulados, reduzca el número de políticas fusionando las que se superponen, y que cada programa presupuestal declare a qué acción estratégica del PEDN contribuye, con su meta.

Qué se entrega
Matriz oficial de articulación validada por CEPLAN; 100 % de programas presupuestales vinculados a una acción estratégica del PEDN; número de políticas nacionales reducido.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: CEPLAN, como rector del SINAPLAN (DL 1088), puede exigir la actualización de políticas, PESEM y PDRC por directiva; las políticas nacionales se regulan por el DS 029-2018-PCM, y el MEF puede pedir el vínculo con el PEDN en la programación presupuestal (DL 1440).
Responsable
CEPLAN · con CEPLAN (rectora), MEF-DGPP (ejecutora), Ministerios (ejecutora), GORE (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto de CEPLAN y del MEF.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de objetivos de políticas, PESEM y PDRC desarticulados del PEDN (línea de base 66,8 %, 2026); % de programas presupuestales vinculados a una AE del PEDN.
Evidencia
Matriz de (des)articulación SINAPLAN elaborada en 2026 sobre textos oficiales del PEDN, políticas, PESEM y PDRC (clasificación asistida con IA, a validar por CEPLAN). El PEDN 2050 fue aprobado por CEPLAN como marco de largo plazo del SINAPLAN.
Riesgo
Que la rearticulación sea un ejercicio de redacción sin efecto en el presupuesto.
Perú 2050
AE4.5.1, AE4.5.3
Depende de
EST-04
Deroga o simplifica
  • Decreto Supremo 029-2018-PCM, Reglamento que regula las Políticas Nacionales: Exigir la fusión de políticas superpuestas y el vínculo explícito y verificable de cada objetivo prioritario con una acción estratégica del PEDN.
Fuentes
CEPLAN – PEDN 2050, MEF – Consulta Amigable
EST-25Publicar metas por entidad en un tablero público con unidad de cumplimientoServicio

Cada ministerio, gobierno regional y municipalidad provincial publica cinco a diez metas de servicio al año (por ejemplo, obras terminadas, citas atendidas, trámites resueltos en plazo, ejecución del presupuesto), con línea de base, responsable y fecha. Una unidad de cumplimiento en la PCM hace rutinas trimestrales con los titulares para destrabar cuellos de botella y publica el avance en un tablero abierto con datos del SIAF, INFObras, el OECE y los sistemas sectoriales. Los resultados se presentan cada año al Congreso y a la ciudadanía.

Qué se entrega
Tablero público de metas por entidad; unidad de cumplimiento con rutina trimestral; informe anual de cumplimiento.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: la PCM puede crear una unidad de cumplimiento y publicar metas por decreto supremo; la base de datos abiertos y la unidad de seguimiento de la agenda digital se coordinan con DIG-13 y GOB-17.
Responsable
PCM · con PCM (rectora), MEF (consultiva), CEPLAN (consultiva), Ministerios (ejecutora), GORE (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto de la PCM.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de entidades con metas publicadas; % de metas cumplidas por año; n.º de cuellos de botella resueltos.
Evidencia
Las unidades de cumplimiento (delivery units) del Reino Unido y otros países se asocian a mejoras en prioridades acotadas cuando tienen respaldo del jefe de Gobierno y metas medibles. En el Perú los datos para medir ya existen en el SIAF, INFObras y el SEACE.
Riesgo
Metas fáciles para quedar bien; rotación de autoridades que corta las rutinas.
Perú 2050
AE4.5.5, AE4.5.1
Depende de
DIG-13, GOB-17 (Agenda Tech), EST-24
Fuentes
CGR – INFObras, MEF – Consulta Amigable

2031–2036

EST-06Hacer revisiones de gasto anuales que separen gasto corriente útil de gasto inercialAcción del Ejecutivo

Cada año el MEF elige tres a cinco áreas grandes de gasto (por ejemplo, planillas por régimen, bienes y servicios de oficinas administrativas, mantenimiento de infraestructura, programas sociales) y hace una revisión de gasto con datos de la Consulta Amigable, el aplicativo de recursos humanos (AIRHSP) y las compras públicas. La revisión identifica ahorros (alquileres, consultorías recurrentes, duplicidad de sistemas) y gastos que faltan (mantenimiento de obras ya construidas). Los resultados se publican y entran al proyecto de ley de presupuesto, con metas de reasignación hacia inversión y mantenimiento.

Qué se entrega
Informe público anual de revisión de gasto con ahorros identificados y su reasignación en la ley de presupuesto.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: el MEF puede institucionalizar revisiones de gasto (spending reviews) por resolución ministerial, como parte de la programación multianual del DL 1440.
Responsable
MEF · con MEF (rectora), SERVIR (consultiva), PERÚ COMPRAS (consultiva), Consejo Fiscal (consultiva)
Financiamiento
Presupuesto del MEF.
Costo referencial
no estimado
Indicador
Ahorro identificado y reasignado por año (S/); % del gasto de capital destinado a mantenimiento.
Evidencia
Las revisiones de gasto son práctica habitual en países de la OCDE para reasignar dentro de techos fiscales; en el Perú, el gasto corriente presiona el techo de la regla fiscal y el mantenimiento de la infraestructura suele quedar sin financiar (por verificar con cifras de la DGPP).
Riesgo
Que la revisión se use solo para recortar en crisis, o que los ahorros se pierdan en gasto corriente nuevo.
Perú 2050
AE4.5.3
Depende de
EST-04
Fuentes
MEF – Consulta Amigable
EST-11Cerrar el ingreso a los regímenes 276, 728 y CAS; unificar en servicio civilDerogación

Una ley que fije una fecha desde la cual ningún nuevo servidor entra al Estado por los regímenes del DL 276, DL 728 (en entidades públicas no empresariales) o CAS: todo ingreso nuevo será por concurso público en el régimen de la Ley 30057. Los servidores actuales mantienen su régimen o pasan voluntariamente por concurso. El CAS se reserva solo para necesidades transitorias reales, con plazo máximo. Se ordena la extinción progresiva del DL 1057 a medida que las entidades culminen el tránsito, y una sola planilla electrónica con escala transparente.

Qué se entrega
Ley de cierre de ingreso aprobada; desde la fecha fijada, 100 % de nuevos ingresos por concurso en el régimen de la Ley 30057.
¿Necesita ley?
Sí. Los regímenes laborales del sector público están en normas con rango de ley (DL 276, DL 728, DL 1057 y Ley 31131); cerrarlos a nuevos ingresos y fijar su extinción progresiva exige ley. Por su impacto fiscal, la iniciativa debe ser del Ejecutivo (art. 79 de la Constitución); los derechos adquiridos de quienes ya están se respetan.
Responsable
SERVIR · con SERVIR (rectora), MEF (financiadora), MTPE (consultiva), Congreso (reguladora)
Financiamiento
Presupuesto de personal de cada pliego; el costo se programa en el Marco Macroeconómico Multianual.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de ingresos nuevos al Estado por concurso en el régimen de la Ley 30057; % de servidores en CAS.
Evidencia
La Ley 31131 (2021) buscó eliminar el CAS de forma abrupta e incorporar a sus servidores a otros regímenes, y generó conflicto fiscal y judicial; un cierre gradual al ingreso evita ese choque. SERVIR señala que el CAS creció en promedio 6,4 % al año entre 2013 y 2022 y cayó 1,3 % en 2023 (SERVIR).
Riesgo
Bloqueo político por gremios, sentencias judiciales que reincorporen por otras vías y uso del régimen de confianza como nueva puerta trasera.
Perú 2050
AE4.5.3, AE4.5.6
Depende de
EST-10
Deroga o simplifica
  • Decreto Legislativo 1057, régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS): Extinción progresiva: cerrar el ingreso salvo necesidad transitoria con plazo máximo, conforme las entidades culminen el tránsito a la Ley 30057.
  • Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa: Cierre a nuevos ingresos desde la fecha fijada; se mantiene solo para servidores actuales.
  • Ley 31131, que incorpora al régimen del DL 728 a los trabajadores CAS: Sustituir su esquema de incorporación automática por el tránsito con concurso de la Ley 30057 (salvo lo ya ejecutado y los derechos adquiridos).
Fuentes
SERVIR: crecimiento del CAS (LP Derecho), Planilla pública y cambios en el régimen CAS (Gestión), SERVIR (portal institucional)
EST-18Ordenar quién hace qué entre niveles de gobierno y reemplazar el sistema de acreditaciónDerogación

Para cada función compartida (salud, educación, agua, transporte, ambiente) elaborar una matriz que diga qué decide el nivel nacional, qué ejecuta el regional y qué presta el municipio, con sus recursos. Las Leyes de Organización y Funciones de cada ministerio se ajustan a esa matriz. La acreditación de la Ley 28273, que vinculó la transferencia a requisitos formales y se flexibilizó en la práctica, se reemplaza por un sistema de certificación de capacidades por función, con acompañamiento y posibilidad de devolución temporal de funciones cuando un gobierno no puede prestarlas.

Qué se entrega
Matrices de competencias aprobadas para cinco funciones prioritarias; ley que sustituye la Ley 28273 por la certificación de capacidades.
¿Necesita ley?
Sí. La distribución de competencias está en leyes orgánicas (Ley 27783 de Bases de la Descentralización, Ley 27867 de Gobiernos Regionales, Ley 27972 de Municipalidades) y la acreditación en la Ley 28273; cambiarlas exige ley, y en el caso de leyes orgánicas votación calificada.
Responsable
PCM-SD · con PCM-SD (rectora), Ministerios (ejecutora), GORE (ejecutora), Municipalidades (ejecutora), Congreso (reguladora), MEF (financiadora)
Financiamiento
Presupuesto de la PCM y de los sectores; sin gasto nuevo significativo en la fase normativa.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de funciones con matriz de competencias vigente; % de gobiernos subnacionales certificados por función.
Evidencia
La Defensoría del Pueblo advirtió que las transferencias se hicieron con un sistema de acreditación flexibilizado y sin recursos ni capacidades suficientes (Informe 141). Los gobiernos locales concentran el 71,8 % de las obras paralizadas (CGR, 2025).
Riesgo
Bloqueo de gobiernos regionales y locales que vean recentralización; leyes orgánicas difíciles de aprobar.
Perú 2050
AE4.6.1
Depende de
EST-20
Deroga o simplifica
  • Ley 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales: Sustituirla por un sistema de certificación de capacidades por función, con acompañamiento y devolución temporal de funciones.
Fuentes
Ley 28273 (texto en el Congreso), Defensoría del Pueblo – Informe 141
EST-19Estabilizar y redistribuir el canon con un fondo de ahorro y uso en mantenimientoLey

En 2025 el Tesoro transfirió S/ 17 551 millones por canon, sobrecanon, regalías y otros recursos, S/ 11 828 millones a municipios (DIP del Congreso con datos del MEF). Los ingresos suben y bajan con los precios de los minerales y se concentran en pocos distritos. Se propone: un fondo regional de estabilización que ahorre en años de precios altos y complete en años bajos; una porción redistribuida a distritos vecinos pobres del mismo departamento; permitir que una parte se use en operación y mantenimiento de la infraestructura ya construida; y trazabilidad pública del sol transferido hasta la obra (GOB-22).

Qué se entrega
Ley aprobada; fondo regional de estabilización operando; tablero de trazabilidad del canon por distrito.
¿Necesita ley?
Sí. La distribución del canon está en la Ley 27506 (Ley de Canon) y en leyes específicas; cambiar porcentajes, crear un fondo de estabilización o permitir su uso en mantenimiento exige ley. Por su efecto fiscal, la iniciativa debe ser del Ejecutivo (art. 79 de la Constitución).
Responsable
MEF · con MEF (rectora), GORE (beneficiaria), Municipalidades (beneficiaria), CGR (supervisora), Congreso (reguladora)
Financiamiento
Los propios recursos del canon; no crea gasto nuevo.
Costo referencial
no estimado
Indicador
Volatilidad anual de las transferencias por canon a gobiernos subnacionales; % del canon ejecutado en inversiones culminadas y mantenimiento.
Evidencia
Chile y otros países mineros usan fondos de estabilización para suavizar ingresos volátiles. En el Perú, los distritos con más canon suelen tener carteras grandes y obras paralizadas, porque la capacidad no sigue al dinero (CGR, MEF).
Riesgo
Conflicto con regiones y distritos productores que perciben pérdida de ingresos; captura del fondo.
Perú 2050
AE4.6.1, AE4.5.3
Depende de
GOB-22 (Agenda Tech), EST-18
Fuentes
MEF – Transferencias a gobiernos locales, MEF – Consulta Amigable

2036–2046

EST-26Integrar los sistemas administrativos del Estado en una sola columna de datosAcción del Ejecutivo

Hoy una misma obra o contrato se registra por separado en Invierte.pe, el SIAF, el SEACE, INFObras y los sistemas de personal. Se propone un identificador único por inversión, contrato, proveedor y servidor, compartido por todos los sistemas, para que el dato se cargue una vez y fluya. Se aplica primero a las municipalidades con menos capacidad mediante servicios digitales compartidos (DIG-11, GOB-08). Este sector no duplica la agenda digital: remite a DIG-04 (procedimiento digital), DIG-11 (Estado digital municipal) y DIG-13 (datos abiertos y cumplimiento).

Qué se entrega
Identificador único compartido por Invierte.pe, SIAF, SEACE, INFObras y AIRHSP; carga única de datos para el 100 % de municipalidades hacia 2040.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: los rectores (MEF, OECE, SERVIR, CGR, PCM) pueden interoperar sus sistemas por convenio y directiva en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital; las reglas de procedimiento digital y solo una vez se tramitan en DIG-04.
Responsable
PCM-SGTD · con PCM-SGTD (rectora), MEF (ejecutora), OECE (ejecutora), CGR (ejecutora), SERVIR (ejecutora)
Financiamiento
Presupuesto de los rectores; Invierte.pe para plataformas compartidas.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% de inversiones y contratos con identificador único en todos los sistemas; horas de registro duplicado ahorradas.
Evidencia
La interoperabilidad con registro único reduce carga administrativa y errores, como muestran X-Road en Estonia y el principio de solo una vez recogido en DIG-04. Las piezas peruanas ya existen pero no comparten identificadores.
Riesgo
Celos institucionales entre rectores; proyectos informáticos grandes que se retrasan.
Perú 2050
AE4.5.4, AE4.5.3
Depende de
DIG-04, DIG-11, DIG-13, GOB-01 (Agenda Tech), GOB-08 (Agenda Tech)
Fuentes
OECE – Portal de Contrataciones Abiertas, CGR – INFObras
EST-27Promover la integración de municipios y regiones con incentivos y consulta ciudadanaLey

Con más de 1800 municipalidades, muchas sin escala para prestar servicios, el país necesita una ruta voluntaria de integración: incentivos fiscales y de inversión para distritos que se fusionen o creen gobiernos municipales asociados, a partir de la experiencia de las mancomunidades (EST-20); y una nueva ruta de integración regional que aprenda del referéndum fallido de 2005, con proyectos concretos y no solo cambios de nombre. Toda fusión pasa por consulta a la población.

Qué se entrega
Ley de incentivos a la integración municipal aprobada; primeras fusiones voluntarias consultadas; propuesta de integración regional con referéndum.
¿Necesita ley?
Sí. La fusión de distritos y provincias es materia de demarcación territorial (Ley 27795) y la conformación de regiones requiere referéndum según la Ley 28274 de incentivos para la integración regional; cambiar los incentivos exige ley de iniciativa del Ejecutivo cuando implica gasto (art. 79 de la Constitución).
Responsable
PCM-SD · con PCM-SD (rectora), Congreso (reguladora), MEF (financiadora), JNE (supervisora), Municipalidades (beneficiaria)
Financiamiento
Incentivos con cargo al FONCOMUN y al FIDT; por identificar el monto.
Costo referencial
no estimado
Indicador
N.º de fusiones municipales voluntarias; % de municipalidades con escala mínima para prestar servicios básicos.
Evidencia
El referéndum de integración regional de 2005, bajo la Ley 28274, fue rechazado en todas las propuestas, lo que muestra que la integración no puede imponerse. Países con muchos municipios pequeños, como Dinamarca (reforma de 2007) y Francia (intercomunalidad), redujeron la fragmentación con incentivos y reglas claras.
Riesgo
Identidades locales y autoridades que no quieren perder cargos; consultas que fracasan sin propuesta concreta.
Perú 2050
AE4.6.1
Depende de
EST-20, EST-18
Fuentes
Ley 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal (vLex), Defensoría del Pueblo – Informe 141

2046–2056

EST-28Llegar a un presupuesto casi totalmente por resultados con evaluación permanenteAcción del Ejecutivo

Hacia 2056, todo el gasto que produce bienes y servicios está en programas presupuestales con metas públicas, evaluados cada cinco años de forma independiente, y solo la deuda, las pensiones y algunas transferencias quedan fuera. Ninguna entidad o programa existe sin evaluación vigente, y el informe anual de desempeño del Estado se discute en el Congreso junto con la ley de presupuesto. El ciudadano puede ver cuánto cuesta y qué logra cada servicio.

Qué se entrega
Presupuesto con ≤ 15 % del PIM fuera de programas por resultados; 100 % de programas con evaluación independiente vigente.
¿Necesita ley?
No. No necesita ley: es la culminación de EST-04, EST-05 y EST-24 dentro del DL 1440; el MEF y CEPLAN pueden fijarlo como meta de la programación multianual.
Responsable
MEF-DGPP · con MEF-DGPP (rectora), CEPLAN (consultiva), Congreso (supervisora), CGR (supervisora)
Financiamiento
Presupuesto del MEF.
Costo referencial
no estimado
Indicador
% del PIM en Acciones centrales + APNOP; % de programas con evaluación independiente vigente.
Evidencia
Es la meta lógica del presupuesto por resultados que el Perú aplica desde 2007; hoy el 51,8 % del PIM está en Acciones centrales y APNOP (MEF, 2026).
Riesgo
Que los indicadores se vuelvan un fin en sí mismos y se manipulen.
Perú 2050
AE4.5.3
Depende de
EST-04, EST-05, EST-24
Fuentes
MEF – Consulta Amigable, MEF – Publicación EDEP 2016

Con qué se conecta

En Agenda Legislativa Tech: GOB-01 (Agenda Tech), GOB-02 (Agenda Tech), GOB-05 (Agenda Tech), GOB-08 (Agenda Tech), GOB-12 (Agenda Tech), GOB-15 (Agenda Tech), GOB-17 (Agenda Tech), GOB-18 (Agenda Tech), GOB-19 (Agenda Tech), GOB-22 (Agenda Tech), GOB-24 (Agenda Tech)

Fuentes

  1. Contraloría General de la República – INFObras
  2. Congreso exige a la Contraloría acciones por más de 2500 obras paralizadas (Caretas, sep-2025)
  3. CGR – Plan de control preventivo de obras paralizadas (publicación final, 2025)
  4. MEF: inversión pública anotó récord en 2025 (El Peruano)
  5. MEF – Consulta Amigable (seguimiento de la ejecución presupuestal)
  6. MEF – Transferencias a gobiernos locales (canon, FONCOMUN y otros)
  7. MEF – Informe de seguimiento de compromisos de mejora de las evaluaciones independientes (2014)
  8. MEF – Publicación EDEP 2016
  9. CGR: perjuicio por corrupción e inconducta funcional 2023 (Infobae)
  10. INEI – Percepción ciudadana sobre gobernabilidad, enero-junio 2026
  11. Indecopi: eliminación de barreras burocráticas 2025 (Gestión)
  12. SERVIR: crecimiento del CAS y reforma del servicio civil (LP Derecho)
  13. SERVIR – Lineamientos para el tránsito al régimen de la Ley 30057
  14. Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (texto actualizado)
  15. OECE – Portal de Contrataciones Abiertas (OCDS)
  16. TUO de la Ley 31589, que garantiza la reactivación de obras paralizadas (DS 206-2024-EF)
  17. CEPLAN – Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050
  18. Ley 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales
  19. Defensoría del Pueblo – Informe 141 sobre transferencias a gobiernos regionales
  20. Banco Mundial – Worldwide Governance Indicators