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Propuestas › Gobierno digital y transparencia

GOB-05 Ley que establece la transparencia en tiempo real del gasto público, las contrataciones y las planillas en formato abierto y modifica la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Obliga a publicar diariamente, en formato abierto y mediante interfaces de programación, la ejecución del gasto y todas las contrataciones (incluidas las de menor cuantía) bajo el Estándar de Datos de Contrataciones Abiertas, y mensualmente las planillas por cargo y remuneración, con excepción de publicación nominal, sustituida por datos agregados, para el personal de inteligencia, policial operativo, militar, penitenciario y de fiscales y jueces de criminalidad organizada.

Prioridad alta Costo fiscal: bajo Plazo: corto Visión 2036: 60 pts · Ola 1 · Primeros 100 días Diputados: Modernización de la Gestión del Estado y Contraloría + Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera Senado: En asuntos de Gestión del Estado y Contraloría

La ley en un vistazo

Lo que cambia

  • ➕ incorporaLey 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TUO D.S. 021-2019-JUS)art. 25-A
  • 🔗 complementaDecreto Legislativo 1353 y Reglamento de la Ley 27806 (D.S. 007-2024-JUS)régimen sancionador
  • 🔗 complementaLey 32069, Ley General de Contrataciones Públicasregistro de contrataciones ≤ 8 UIT en el SEACE
  • ⬆️ eleva a leyDecreto Supremo 029-2021-PCMTrigésima Sexta DCF (apertura por defecto)
GOB-05Transparencia fiscal en tiempo real

Garantizar la publicación diaria, en formato abierto y mediante interfaces de programación, de la ejecución del gasto y de las contrataciones, y la publicación mensual de las planillas del sector público, con salvaguarda

Dictamina: Diputados · Modernización de la Gestión del Estado y ContraloríaRevisión: Senado · En asuntos de Gestión del Estado y Contraloría

Quién hace qué

📜 Reglamenta
SGTD

Secretaría de Gobierno y Transformación Digital · PCM
Aprueba esquemas, identificadores y requisitos de API (art. 6).

⚙️ Ejecuta
MEF

Ministerio de Economía y Finanzas · MEF
Publica diariamente la ejecución presupuestal por API (art. 3) y opera la publicación de planillas desde el AIRHSP con el filtro de excepción (art. 5).

OECE

Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes · MEF
Publica todas las contrataciones en OCDS con actualización diaria (art. 4).

⚖️ Sanciona
ANTAIP

Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública · MINJUSDH
Supervisa, publica índice semestral y sanciona las infracciones tipificadas (art. 7).

🏢 Debe cumplir
MP/PJ

Ministerio Público y Poder Judicial · Autónomos
Determinan en su autonomía las unidades exceptuadas de su ámbito (art. 5.2).

💬 Opina
Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, DINI, INPE

Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, DINI, INPE · Varios
Opinan sobre la ampliación del personal exceptuado (art. 5.2).

👥 A quién beneficia

Ciudadanía, periodistas, academia y órganos de control; servidores en funciones de riesgo, protegidos por la excepción.

📋 Quién debe cumplir

Entidades del art. 2 del TUO de la Ley 27806, incluidas empresas del Estado, gobiernos regionales y locales, y fondos y programas con recursos públicos.

Ruta de implementación

  1. 📝Se presentaCámara de Diputados
  2. 🏛️Dictamencomisión, hasta 60 días hábiles
  3. 🗳️Pleno Diputadosaprobación
  4. ⚖️Senado revisacomisión, hasta 90 días hábiles
  5. ✍️PromulgaciónPoder Ejecutivo
  6. 📜Reglamentoplazo de ley
  7. 🎯Meta 2031A 2028, el 100% de las contrataciones registradas en el SEACE, incluidas las iguales o menores a 8 UIT, se publican en O

Lo que cuesta

No cuantificable con información pública (bajo)
Costo fiscalbajo

Quién paga: Presupuesto institucional del MEF, OECE y pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Costo para privados: Nulo para privados; proveedores ven publicada su información contractual, ya pública.

⇄

Lo que se gana

🏛️ Para el Estado: Control preventivo más oportuno, detección temprana de fraccionamientos y sobrecostos. No cuantificable con información pública.

👥 Para la sociedad: Control ciudadano y periodístico del gasto; mayor competencia en contrataciones.

📈 Inversión privada: No aplica.

Confianzamedia

Exposición de motivos — el problema

La Ley 27806, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo 021-2019-JUS, obliga a las entidades a difundir información presupuestal, de contrataciones y de personal a través de sus portales de transparencia, y el DS 029-2021-PCM dispuso la apertura por defecto de los datos del Portal de Transparencia Económica del MEF y del SEACE en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos. El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes ya publica datos bajo el estándar de contrataciones abiertas (OCDS). No obstante, la ley no fija frecuencia mínima de actualización, formato procesable ni interfaces de programación (API) obligatorias; buena parte de la información de los portales de transparencia estándar se publica en documentos escaneados o tablas no reutilizables, con rezagos de meses. Las contrataciones de menor cuantía y las órdenes de servicio, donde se concentran muchos riesgos de fraccionamiento, tienen menor nivel de detalle y trazabilidad que los procedimientos competitivos, y las planillas no siempre permiten cruzar cargo, régimen, remuneración y fuente de financiamiento. Esto limita el control social, el periodismo de datos y el trabajo preventivo de la Contraloría. Brasil (Portal da Transparência), Colombia (Ley 1712 de 2014 y SECOP) y España (Ley 19/2013) muestran que la publicación estructurada y frecuente es condición para el control ciudadano efectivo. Al mismo tiempo, la publicación masiva y legible por máquina de nombres, cargos y unidades del personal que investiga o custodia a organizaciones criminales, en un contexto de extorsión extendido, crearía un riesgo de focalización que la transparencia debe evitar mediante datos agregados.

Objeto

Garantizar la publicación diaria, en formato abierto y mediante interfaces de programación, de la ejecución del gasto y de las contrataciones, y la publicación mensual de las planillas del sector público, con salvaguardas para el personal en funciones de riesgo.

Análisis costo-beneficio

El costo es reducido porque la información ya existe en sistemas centrales (SIAF, SEACE, AIRHSP); el esfuerzo está en exponerla mediante interfaces de programación y estandarizarla, a cargo principalmente del MEF y del OECE, con su presupuesto institucional. Las entidades pequeñas no generan datos nuevos: se publica desde los sistemas centrales. La excepción de publicación nominal para personal en funciones de riesgo es un filtro en la publicación centralizada desde el AIRHSP, de costo prácticamente nulo, que evita riesgos para la vida de servidores. Beneficios: control social y periodístico oportuno, detección temprana de fraccionamientos y sobrecostos, insumo para el control preventivo y mayor confianza ciudadana. La literatura internacional asocia la contratación abierta con mayor competencia, aunque el efecto en el Perú debe medirse con línea de base. Costo fiscal estimado: bajo.

Impacto económico: detalle y supuestos

Estimación referencial con supuestos explícitos · confianza: media. No es un dato oficial ni reemplaza el informe del MEF.

Tipo de impacto

neutro

Costo para el Estado

No cuantificable con información pública (bajo)

Horizonte

2027-2031

Financiamiento

Presupuesto institucional del MEF, OECE y pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Beneficio para el Estado

Control preventivo más oportuno, detección temprana de fraccionamientos y sobrecostos. No cuantificable con información pública.

Beneficio para la sociedad

Control ciudadano y periodístico del gasto; mayor competencia en contrataciones.

Inversión privada movilizable

No aplica.

Costo para privados

Nulo para privados; proveedores ven publicada su información contractual, ya pública.

Riesgos

Exposición de personal no listado en la excepción; uso abusivo de la API (mitigado con límites de volumen); calidad de datos de origen.

Supuestos del cálculo

La información existe en SIAF, SEACE y AIRHSP; el costo es de desarrollo de API y estandarización en el MEF y el OECE con equipos existentes. No hay base pública para estimar horas de desarrollo. Sin creación de plazas.

Revisión especializada

Revisión asistida por IA desde cinco especialidades, sobre la versión anterior del texto. No reemplaza la revisión de un abogado ni el dictamen de comisión.

Observaciones atendidas en esta versión: 18 corregidas, 0 parciales, 0 no aplicadas (con justificación).

EspecialidadVeredictoOpinión
ConstitucionalConformeDesarrolla el derecho de acceso a la información pública (art. 2.5) y el control ciudadano del gasto. La publicación de remuneraciones de servidores públicos es una restricción proporcional de la intimidad, pues la información ya es de transparencia activa obligatoria conforme al TUO de la Ley 27806. Observación menor sobre empresas del Estado en competencia.
Hallazgos: 0 altos · 0 medios · 2 bajos
Técnica legislativaCon observacionesLa propuesta refuerza la transparencia activa con estándares verificables. Sin embargo, la disposición que se incorpora en el TUO de la Ley 27806 remite a una ley indeterminada y no tiene ordinal, el régimen sancionador se invoca de forma genérica y las siglas no están definidas.
Hallazgos: 0 altos · 2 medios · 3 bajos
Concordancia normativaCon observacionesNormas verificadas (TUO Ley 27806 D.S. 021-2019-JUS vigente; D.Leg. 1440; Ley 32069). La técnica de 'incorporar una DCF al TUO' es incorrecta: se modifica la Ley 27806, no su texto ordenado; y el régimen sancionador en transparencia está en el D.Leg. 1353 y el nuevo Reglamento (D.S. 007-2024-JUS), no en el TUO. Hay superposición con IA-04 (estándar de datos abiertos y API).
Hallazgos: 0 altos · 2 medios · 3 bajos
SeguridadObservaciones gravesLa transparencia del gasto y de las contrataciones es positiva y de bajo riesgo. Pero la publicación mensual, masiva y legible por máquina de nombres, cargos, unidad orgánica, remuneración y fecha de ingreso de todo el personal, sin excepción para policías en unidades operativas, personal de inteligencia, defensa, penitenciario y fiscales y jueces de crimen organizado, crea un riesgo grave de focalización y extorsión, y facilita la suplantación dirigida a servidores públicos.
Hallazgos: 1 altos · 1 medios · 1 bajos
Derecho tecnológicoCon observacionesTécnicamente viable porque se publica desde sistemas centrales (SIAF, SEACE, AIRHSP) y usa un estándar abierto reconocido (OCDS) sin casarse con un producto. Debe proteger la publicación nominal de planillas de personal en funciones sensibles (inteligencia, policía, fiscales y jueces de crimen organizado), verificar que las contrataciones de 8 UIT o menos se registran efectivamente en el SEACE y evitar la remisión circular del art. 8 a 'la ley de transparencia en tiempo real'.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 2 bajos

Efecto de la vigencia sobre la legislación nacional

Incorpora el artículo 25-A a la Ley 27806 (numeración del TUO aprobado por Decreto Supremo 021-2019-JUS). Complementa el Decreto Legislativo 1353 y el Reglamento de la Ley 27806 (Decreto Supremo 007-2024-JUS) en materia sancionadora, la Ley 32069 (registro de contrataciones menores en el SEACE), el Decreto Legislativo 1440 y la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 029-2021-PCM, elevando a rango legal la apertura por defecto de datos económicos y de contrataciones.

Indicador de éxito al 2031

A 2028, el 100% de las contrataciones registradas en el SEACE, incluidas las iguales o menores a 8 UIT, se publican en OCDS con actualización diaria; a 2031, el 95% de entidades obtiene calificación satisfactoria en el índice semestral de la Autoridad Nacional de Transparencia, sin publicaciones nominales del personal exceptuado.

Normas relacionadas

Antecedentes

Periodo 2021-2026: PL 05602/2022-CR, fortalecimiento de la transparencia y gobierno de datos abiertos (con dictamen); PL 06002/2023-CR, transparencia y acceso directo a la información mediante tecnología (con dictamen); PL 06485/2023-CR, transparencia en contrataciones mediante tecnología (publicada); PL 13771/2025-CR, transparencia en contrataciones y plataforma digital (en comisión); PL 06789/2023-CR, registro en el AIRHSP (en comisión).

Referencias internacionales

Fuentes

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