⚖️ Agenda Legislativa Tech

Propuestas › Economía digital, startups y CTI

ECO-20 Ley de diplomacia económica digital que establece lineamientos y mecanismos de coordinación, transparencia e información al Congreso para la negociación de acuerdos de economía digital y fortalece la participación nacional en organismos de normalización tecnológica

Respetando la competencia del Presidente de la República para dirigir la política exterior y celebrar tratados, fija lineamientos orientadores para negociar acuerdos y capítulos de economía digital (flujos de datos con las garantías de la legislación de protección de datos, localización solo por clasificación, reconocimiento mutuo de firma e identidad digital, espacio regulatorio, acceso a código fuente para auditoría de sistemas críticos y excepciones de seguridad esencial); ordena coordinación intersectorial, una consulta pública que no condiciona el inicio de las negociaciones, un informe anual al Congreso y un informe de impacto normativo con cada acuerdo; y encarga al INACAL evaluar y gestionar la participación peruana en el ISO/IEC JTC 1 y sus subcomités prioritarios.

Prioridad media Costo fiscal: nulo Plazo: corto Visión 2036: 53 pts · Ola 2 · 2027 Diputados: Producción, Comercio Exterior y Turismo + Constitución, Reglamento y Relaciones Exteriores Senado: En asuntos de Desarrollo Productivo, Energía y Minas, Infraestructura y Trabajo

La ley en un vistazo

Lo que cambia

  • 🔗 complementaLey 26647informe de impacto normativo con los acuerdos digitales
  • 🔗 complementaLey 30224participación en normalización internacional
ECO-20Diplomacia económica digital y estándares

Ordenar la diplomacia económica digital con lineamientos, coordinación, transparencia e información al Congreso, y fortalecer la presencia nacional en la normalización tecnológica internacional, sin interferir en la cond

Dictamina: Diputados · Producción, Comercio Exterior y TurismoRevisión: Senado · En asuntos de Desarrollo Productivo, Energía y Minas, Infraestructura y Trabajo

Quién hace qué

🧭 Dirige
MINCETUR

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo · Comercio Exterior
Coordina negociaciones, consulta pública e informe anual (arts. 4-6).

RREE

Ministerio de Relaciones Exteriores · Relaciones Exteriores
Coordinación, informe anual y formación diplomática (arts. 4, 6, 8).

⚙️ Ejecuta
INACAL

Instituto Nacional de Calidad · Producción
Evalúa y gestiona la condición de miembro participante en ISO/IEC JTC 1 y subcomités prioritarios; evalúa la categoría en la IEC (por verificar) y promueve comités espejo (art. 7).

MTC

Ministerio de Transportes y Comunicaciones · Transportes y Comunicaciones
Coordina la participación ante la UIT (art. 7.3).

💬 Opina
SGTD

Secretaría de Gobierno y Transformación Digital · PCM
Participa en la preparación de negociaciones (art. 4.1).

ANPD

Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales · MINJUSDH
Opina sobre flujos transfronterizos de datos (arts. 3.a, 4.1).

CNSD

Centro Nacional de Seguridad Digital · PCM
Participa en la preparación de negociaciones y coordina la posición en ISO/IEC JTC 1/SC 27 (arts. 4.1, 7.1).

INDECOPI

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual · PCM
Autoridad Administrativa Competente de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica: reconocimiento mutuo de certificados (arts. 3.c, 4.1).

RENIEC

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil · Autónomo
Identidad digital en los compromisos de reconocimiento mutuo (art. 4.1).

👥 A quién beneficia

Exportadores de servicios digitales, empresas tecnológicas y ciudadanía, por reglas negociadas con mejor información y participación.

📋 Quién debe cumplir

Entidades del Poder Ejecutivo involucradas en negociaciones comerciales y normalización.

Ruta de implementación

  1. 📝Se presentaCámara de Diputados
  2. 🏛️Dictamencomisión, hasta 60 días hábiles
  3. 🗳️Pleno Diputadosaprobación
  4. ⚖️Senado revisacomisión, hasta 90 días hábiles
  5. ✍️PromulgaciónPoder Ejecutivo
  6. 📜Reglamentoplazo de ley
  7. 🎯Meta 2031Al 2031, informes anuales al Congreso presentados, informe de impacto normativo acompañando el 100 % de los acuerdos dig

Lo que cuesta

S/ 0,5–1,5 millones/año
Costo fiscalnulo

Quién paga: Presupuesto institucional de MINCETUR, RREE, INACAL y MTC, sin recursos adicionales al Tesoro; convenios de cooperación.

Costo para privados: Participación voluntaria de expertos privados en comités espejo.

⇄

Lo que se gana

🏛️ Para el Estado: Coherencia normativa y menor riesgo de controversias por incumplimiento de compromisos internacionales.

👥 Para la sociedad: Mejor acceso a mercados digitales y estándares con participación nacional; cualitativo.

📈 Inversión privada: No aplica directamente.

Confianzamedia

Exposición de motivos — el problema

El Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA), suscrito en 2020 por Chile, Nueva Zelanda y Singapur, al que se sumó Corea en 2024, regula flujos de datos, identidad digital, facturación electrónica, IA y pagos. Según El Peruano, el Perú manifestó formalmente su interés de adherirse en 2023, desarrolló reuniones técnicas de evaluación desde marzo de 2025 y en enero de 2026 el Comité Conjunto del DEPA adoptó una decisión favorable, tras lo cual se iniciaron los procedimientos internos. No existe, sin embargo, un marco legal que oriente la posición negociadora digital del país, articule a las entidades competentes ni que asegure que el Congreso reciba información sobre las leyes internas que estos acuerdos obligan a adecuar. La celebración de tratados corresponde al Presidente de la República (art. 118, inciso 11, de la Constitución) y su aprobación se rige por los artículos 56 y 57 y la Ley 26647. En paralelo, la participación peruana en comités técnicos internacionales de normas de IA, ciberseguridad o nube es limitada (en la IEC el Perú participaría como país afiliado y no como miembro pleno, por verificar), por lo que el país adopta estándares definidos sin su participación.

Objeto

Ordenar la diplomacia económica digital con lineamientos, coordinación, transparencia e información al Congreso, y fortalecer la presencia nacional en la normalización tecnológica internacional, sin interferir en la conducción de la política exterior.

Análisis costo-beneficio

No genera gasto adicional relevante: ordena coordinación, consulta e información con las estructuras existentes de MINCETUR, Relaciones Exteriores, PCM e INACAL. La participación en comités internacionales de normalización tiene costos modestos (membresías ya existentes, participación remota, viajes puntuales) que pueden cubrirse con convenios de cooperación. Beneficios: posición negociadora coherente en economía digital, menor riesgo de compromisos que choquen con la legislación interna, mejor información para el Congreso al aprobar tratados y presencia peruana en la definición de estándares que luego se adoptan como Normas Técnicas Peruanas. La ley respeta la competencia exclusiva del Ejecutivo en la conducción de la política exterior.

Impacto económico: detalle y supuestos

Estimación referencial con supuestos explícitos · confianza: media. No es un dato oficial ni reemplaza el informe del MEF.

Tipo de impacto

neutro

Costo para el Estado

S/ 0,5–1,5 millones/año

Horizonte

anual

Financiamiento

Presupuesto institucional de MINCETUR, RREE, INACAL y MTC, sin recursos adicionales al Tesoro; convenios de cooperación.

Beneficio para el Estado

Coherencia normativa y menor riesgo de controversias por incumplimiento de compromisos internacionales.

Beneficio para la sociedad

Mejor acceso a mercados digitales y estándares con participación nacional; cualitativo.

Inversión privada movilizable

No aplica directamente.

Costo para privados

Participación voluntaria de expertos privados en comités espejo.

Riesgos

Que los lineamientos se lean como restricción a la negociación (mitigado en art. 2.1); participación formal sin capacidad técnica real en los comités.

Supuestos del cálculo

Estimación del redactor: participación técnica en tres a cinco subcomités internacionales (mayormente remota), secretaría de comités espejo y consultas públicas sobre estructuras existentes.

Revisión especializada

Revisión asistida por IA desde cinco especialidades, sobre la versión anterior del texto. No reemplaza la revisión de un abogado ni el dictamen de comisión.

Observaciones atendidas en esta versión: 13 corregidas, 1 parciales, 0 no aplicadas (con justificación).

EspecialidadVeredictoOpinión
ConstitucionalCon observacionesReconoce expresamente la competencia presidencial del art. 118.11 y los arts. 56-57. No obstante, la consulta pública obligatoria previa al inicio de toda negociación condiciona en el tiempo el ejercicio de esa competencia exclusiva, contra lo que el propio art. 2.1 declara.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 1 bajos
Técnica legislativaCon observacionesResguarda bien la competencia presidencial del artículo 118.11 y formula los lineamientos como orientadores. Hay un punto de fricción: la consulta pública previa obligatoria a toda negociación o adhesión es un deber procedimental impuesto al Ejecutivo en una materia de su competencia exclusiva. Debe admitir excepción motivada y aclarar cómo se aplica a la adhesión al DEPA en curso.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 2 bajos
Concordancia normativaConformeConcordancia correcta: art. 118 inciso 11 y arts. 56-57 de la Constitución, Ley 26647, Ley 27790, Ley 29357, Ley 30224, Ley 27269, Ley 29733 y TUO de la Ley 27806. Respeta la competencia del Ejecutivo en política exterior. Los datos del DEPA (Corea en 2024; decisión favorable del Comité Conjunto en enero de 2026) se apoyan en El Peruano y Andina. Solo dos precisiones menores.
Hallazgos: 0 altos · 0 medios · 2 bajos
SeguridadCon observacionesLos lineamientos de flujo de datos son razonables, pero falta preservar dos espacios regulatorios de seguridad que los acuerdos de economía digital suelen restringir: la excepción de seguridad esencial y el acceso de la autoridad al código fuente para certificación y auditoría de seguridad de sistemas críticos.
Hallazgos: 0 altos · 2 medios · 1 bajos
Derecho tecnológicoCon observacionesLa propuesta acierta al mandar participar en la normalización y al alinear la negociación digital con la Ley 29733, la Ley 27269 y la localización acotada de datos. Tiene cuatro problemas: nombra a la IEC y al comité técnico conjunto ISO/IEC sin precisar los subcomités ni la condición del Perú en la IEC (que hay que verificar); deja fuera de la coordinación al Centro Nacional de Seguridad Digital y a la autoridad de firma digital (INDECOPI); no recoge los cambios que la IA-16 propone sobre flujo transfronterizo ni la regla de localización por clasificación de la GOB-13; y omite el DL 1412 y el marco de IA (Ley 31814 / DS 115-2025-PCM) como referentes de la posición negociadora.
Hallazgos: 0 altos · 3 medios · 1 bajos

Efecto de la vigencia sobre la legislación nacional

Complementa la Ley 26647 (perfeccionamiento de tratados), la Ley 27790 (MINCETUR), la Ley 29357 (Relaciones Exteriores), la Ley 30224 (INACAL), la Ley 29733, la Ley 27269, el Decreto Legislativo 1412, la Ley 31814 y su reglamento (D.S. 115-2025-PCM) y el TUO de la Ley 27806 (D.S. 021-2019-JUS). No modifica los artículos 56, 57 ni 118 de la Constitución ni la Ley 29158; la consulta pública no condiciona la competencia del art. 118.11. No deroga normas.

Indicador de éxito al 2031

Al 2031, informes anuales al Congreso presentados, informe de impacto normativo acompañando el 100 % de los acuerdos digitales remitidos o comunicados, y participación peruana como miembro participante en al menos tres subcomités del ISO/IEC JTC 1.

Normas relacionadas

Antecedentes

Por verificar en SPLEY. Proceso de adhesión al DEPA en curso a cargo del Poder Ejecutivo (decisión favorable del Comité Conjunto en enero de 2026, según El Peruano).

Referencias internacionales

Fuentes

¿Qué opinas de esta propuesta?

Apoya o rechaza esta propuesta y deja tu comentario. No necesitas cuenta; todo queda registrado y se consolida en la página Ciudadanía.

Privacidad · Propuesta ciudadana de libre uso para cualquier congresista, bancada o colectivo que quiera presentarla. No es un proyecto de ley presentado ni tiene número en el Congreso. Cítala y mejórala.