⚖️ Agenda Legislativa Tech

Propuestas › Talento, educación y tech sectorial

TAL-10 Ley que fortalece la Red Nacional de Alerta Temprana como red multiamenaza del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con emisión automática para peligros súbitos, tecnologías digitales y datos abiertos

Fortalece la Red Nacional de Alerta Temprana del SINAGERD como red multiamenaza bajo la rectoría de la PCM y la conducción técnica del INDECI; integra los datos del IGP, SENAMHI, DHN, INGEMMET y ANA; habilita la emisión automática de alertas de sismo y tsunami de campo cercano; adopta el Protocolo Común de Alerta para la difusión multicanal (SISMATE, radiodifusión, sirenas); y exige autenticación, redundancia y evaluación posevento.

Prioridad alta Costo fiscal: bajo Plazo: corto Visión 2036: 60 pts · Ola 1 · Primeros 100 días Diputados: Defensa Nacional y Orden Interno + Modernización de la Gestión del Estado y Contraloría Senado: Defensa Nacional y Orden Interno

La ley en un vistazo

Lo que cambia

  • 🔗 complementaLey 29664, Ley del SINAGERD—
  • 🔗 complementaDecreto Supremo 048-2011-PCM, Reglamento de la Ley 29664—
  • 🔗 complementaLey 30472 (SISMATE) y DS 019-2016-MTCgobernanza de emisión
  • 🔗 complementaResolución Ministerial 049-2018-MTC/01.03 (Anexo Técnico del SISMATE)—
  • 🔗 complementaLey 28278, Ley de Radio y Televisióndifusión de alertas
TAL-10Alertas tempranas multiamenaza

Fortalecer la Red Nacional de Alerta Temprana como red multiamenaza del SINAGERD mediante integración de datos, emisión automática para peligros súbitos, difusión multicanal estandarizada y protocolos de último kilómetro

Dictamina: Diputados · Defensa Nacional y Orden InternoRevisión: Senado · Defensa Nacional y Orden Interno

Quién hace qué

🧭 Dirige
PCM

Presidencia del Consejo de Ministros · PCM
Ente rector del SINAGERD (art. 2.1); adecúa RM 172 y 173-2015-PCM (DCF Tercera).

⚙️ Ejecuta
INDECI

Instituto Nacional de Defensa Civil · MINDEF
Conduce técnicamente la Red (art. 2.1), aprueba protocolos y emisión automática (arts. 4-5) y publica informes posevento (art. 9).

IGP, SENAMHI, DHN, INGEMMET y ANA

IGP, SENAMHI, DHN, INGEMMET y ANA · Varios
Comparten datos en tiempo real (art. 3) y co-aprueban protocolos de emisión automática (art. 5.1).

MTC

Ministerio de Transportes y Comunicaciones · Transportes y Comunicaciones
Opera el SISMATE y adecúa su anexo técnico (art. 6, DCF Tercera).

GORE/GL

Gobiernos regionales y locales · Gobiernos subnacionales
Incorporan SAT comunitarios en sus planes en dos años (art. 7).

💬 Opina
CENEPRED

Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres · MINDEF
Apoya en escenarios de riesgo (art. 2.2).

CNSD

Centro Nacional de Seguridad Digital · PCM
Lineamientos de seguridad digital de la Red (art. 2.3).

👥 A quién beneficia

Toda la población expuesta a peligros, con énfasis en zonas costeras (tsunami) y rurales sin cobertura móvil.

📋 Quién debe cumplir

Entidades integrantes de la Red; titulares de radiodifusión (art. 6.2); operadores móviles en el marco de la Ley 30472.

Ruta de implementación

  1. 📝Se presentaCámara de Diputados
  2. 🏛️Dictamencomisión, hasta 60 días hábiles
  3. 🗳️Pleno Diputadosaprobación
  4. ⚖️Senado revisacomisión, hasta 90 días hábiles
  5. ✍️PromulgaciónPoder Ejecutivo
  6. 📜Reglamentoplazo de ley
  7. 🎯Meta 2031A 2031, protocolos multiamenaza aprobados para los peligros priorizados e informes posevento publicados para el 100% de

Lo que cuesta

S/ 15–40 millones en 2027-2031
Costo fiscalbajo

Quién paga: Presupuestos institucionales y programa presupuestal de reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, sujeto a disponibilidad presupuestal; cualquier ampliación requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe previo del MEF.

Costo para privados: Operadores y radiodifusores: integración con mensajes CAP (bajo).

⇄

Lo que se gana

🏛️ Para el Estado: Menores costos de atención y reconstrucción por desastres. No cuantificable con información pública nacional.

👥 Para la sociedad: Más tiempo útil de evacuación (segundos a minutos en sismo/tsunami) y vidas salvadas; alertas accesibles y en lenguas originarias.

📈 Inversión privada: No aplica de forma directa; radiodifusores y operadores adecúan sistemas a CAP.

Confianzabaja

Exposición de motivos — el problema

El Perú está expuesto a sismos, tsunamis, lluvias intensas, huaicos, heladas, sequías y a los efectos del Fenómeno El Niño. La Ley 29664 creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y la Ley 30472 dispuso la creación del Sistema de Mensajería de Alerta Temprana de Emergencias (SISMATE), cuyo reglamento y anexo técnico regulan la difusión de mensajes a través de operadores móviles. Existen, además, la Red Nacional de Alerta Temprana (RNAT) y los lineamientos de los Sistemas de Alerta Temprana aprobados por la Resolución Ministerial 173-2015-PCM, y el Servicio de Alerta Permanente (Resolución Ministerial 172-2015-PCM). Sin embargo, la generación de alertas depende de varias entidades técnico-científicas (IGP, SENAMHI, Dirección de Hidrografía y Navegación, INGEMMET, ANA) sin un marco legal que defina una arquitectura integrada multiamenaza, tiempos máximos de emisión, emisión automática para peligros de segundos o minutos (sismo, tsunami de campo cercano), un estándar común de mensajes, interoperabilidad de datos ni responsabilidades en el último kilómetro, es decir, la llegada efectiva del mensaje a comunidades rurales sin cobertura móvil y su traducción en acciones de evacuación. La iniciativa de Naciones Unidas "Alertas Tempranas para Todos" plantea que toda persona esté protegida por sistemas de alerta temprana, y destaca que estos requieren conocimiento del riesgo, monitoreo, difusión y capacidad de respuesta integrados.

Objeto

Fortalecer la Red Nacional de Alerta Temprana como red multiamenaza del SINAGERD mediante integración de datos, emisión automática para peligros súbitos, difusión multicanal estandarizada y protocolos de último kilómetro.

Análisis costo-beneficio

La ley ordena la integración de capacidades existentes y se financia con presupuestos institucionales y el programa presupuestal de reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, sin gasto directo nuevo (art. 79 de la Constitución; STC 00018-2023-PI/TC): los sistemas comunitarios de último kilómetro se programan sujetos a disponibilidad presupuestal. Se estima un costo incremental de S/ 15 a 40 millones en 2027-2031 para interoperabilidad, estandarización CAP, autenticación de emisión, redundancia satelital y equipos comunitarios priorizados. La evidencia internacional, recogida por la iniciativa de Naciones Unidas Alertas Tempranas para Todos, identifica a los sistemas de alerta temprana como una de las inversiones de adaptación más costo-efectivas. La emisión automática de alertas de sismo y tsunami de campo cercano es la medida que más tiempo útil de evacuación aporta.

Impacto económico: detalle y supuestos

Estimación referencial con supuestos explícitos · confianza: baja. No es un dato oficial ni reemplaza el informe del MEF.

Tipo de impacto

inversion

Costo para el Estado

S/ 15–40 millones en 2027-2031

Horizonte

2027-2031

Financiamiento

Presupuestos institucionales y programa presupuestal de reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, sujeto a disponibilidad presupuestal; cualquier ampliación requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe previo del MEF.

Beneficio para el Estado

Menores costos de atención y reconstrucción por desastres. No cuantificable con información pública nacional.

Beneficio para la sociedad

Más tiempo útil de evacuación (segundos a minutos en sismo/tsunami) y vidas salvadas; alertas accesibles y en lenguas originarias.

Inversión privada movilizable

No aplica de forma directa; radiodifusores y operadores adecúan sistemas a CAP.

Costo para privados

Operadores y radiodifusores: integración con mensajes CAP (bajo).

Riesgos

Falsas alarmas por emisión automática (mitigado con confirmación multisensor y revisión posterior); alerta falsa por suplantación (mitigado con autenticación y doble validación); fallas de energía.

Supuestos del cálculo

Interoperabilidad y estandarización CAP de plataformas existentes, consola de emisión con autenticación y doble validación, redundancia satelital y energética de nodos críticos, y SAT comunitarios en distritos priorizados (orden de 200-500 distritos a S/ 30-60 mil cada uno). Costos unitarios supuestos por analogía con SAT comunitarios implementados por gobiernos locales; sin costeo oficial del INDECI.

Revisión especializada

Revisión asistida por IA desde cinco especialidades, sobre la versión anterior del texto. No reemplaza la revisión de un abogado ni el dictamen de comisión.

Observaciones atendidas en esta versión: 17 corregidas, 1 parciales, 0 no aplicadas (con justificación).

EspecialidadVeredictoOpinión
ConstitucionalCon observacionesFortalece el deber estatal de protección de la población (art. 44) y la articula correctamente con el SISMATE (Ley 30472) y la Ley 31814. Los reparos son la imposición de gasto a gobiernos regionales y locales (arts. 192 y 195; art. 79) y el riesgo de duplicar estructuras de alerta ya previstas en el SINAGERD.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 1 bajos
Técnica legislativaCon observacionesTexto sólido que reconoce el SISMATE (Ley 30472) y limita la apertura de datos a las restricciones legales. Requiere designar al ente rector del nuevo sistema dentro del SINAGERD (cuyo rector es la PCM), incorporar el sistema en la Ley 29664 en lugar de una ley paralela y precisar los plazos.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 3 bajos
Concordancia normativaCon observacionesLas Leyes 29664 y 30472 están correctamente citadas. Pero ya existe la Red Nacional de Alerta Temprana (RNAT) y los Sistemas de Alerta Temprana regulados por la RM 173-2015-PCM, y el Servicio de Alerta Permanente (RM 172-2015-PCM; art. 45 del DS 048-2011-PCM); crear un 'Sistema Nacional' paralelo sin modificar la Ley 29664 confunde con los sistemas funcionales de la LOPE. Superposición directa con CON-14 (arts. 6 y 7).
Hallazgos: 0 altos · 2 medios · 3 bajos
SeguridadCon observacionesEl sistema multiamenaza es necesario; desde la seguridad, la ley debe garantizar la autenticación de la emisión de alertas por el SISMATE y otros canales, la integridad de los datos de sensores (incluidos los de bajo costo) que disparan alertas, y la resiliencia del sistema ante cortes de energía y ataques.
Hallazgos: 0 altos · 3 medios · 0 bajos
Derecho tecnológicoCon observacionesIntegrar las alertas multiamenaza, con protocolos, interoperabilidad y última milla, es pertinente, y la remisión al SISMATE (Ley 30472) es correcta. Tiene dos problemas técnicos. Exigir 'supervisión humana en la decisión de emisión' haría inoperante la alerta sísmica temprana, que se mide en segundos, y la de tsunami de campo cercano. Además, no se articula con la Red Nacional de Alerta Temprana (RNAT) ya existente en el SINAGERD ni adopta el estándar CAP para los mensajes.
Hallazgos: 1 altos · 2 medios · 1 bajos

Efecto de la vigencia sobre la legislación nacional

Complementa la Ley 29664 (SINAGERD) y su reglamento (DS 048-2011-PCM), la Ley 30472 (SISMATE) y su reglamento (DS 019-2016-MTC), la Ley 28278, la Ley 24031 y la Ley 31814; requiere adecuar las RM 172-2015-PCM, 173-2015-PCM y 049-2018-MTC/01.03. No crea entidades ni sistemas funcionales y no deroga normas.

Indicador de éxito al 2031

A 2031, protocolos multiamenaza aprobados para los peligros priorizados e informes posevento publicados para el 100% de alertas activadas, con tiempos de emisión medidos.

Normas relacionadas

Antecedentes

No se identificaron proyectos de ley sobre alerta temprana multiamenaza en SPLEY (2021-2026) por título, según la revisión normativa.

Referencias internacionales

Fuentes

¿Qué opinas de esta propuesta?

Apoya o rechaza esta propuesta y deja tu comentario. No necesitas cuenta; todo queda registrado y se consolida en la página Ciudadanía.

Privacidad · Propuesta ciudadana de libre uso para cualquier congresista, bancada o colectivo que quiera presentarla. No es un proyecto de ley presentado ni tiene número en el Congreso. Cítala y mejórala.