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TAL-05 Ley que promueve la participación de niñas, adolescentes y mujeres en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas

Establece medidas para cerrar la brecha de género en STEM desde la Educación Básica hasta la carrera científica y tecnológica: orientación vocacional sin estereotipos, mentoría con salvaguardas para menores, criterios de equidad temporales en concursos de CTI y becas STEM, derecho a ampliación de plazos por maternidad o cuidado y medición anual en datos abiertos.

Prioridad media Costo fiscal: bajo Plazo: mediano Visión 2036: 45 pts · Ola 4 · 2030–2031 Diputados: Inclusión Social, Familia, Mujer y Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos + Ciencia, Innovación Tecnológica y Sociedad Digital Senado: En asuntos de Salud, Educación, Cultura, Mujer y Desarrollo Social y Digital

La ley en un vistazo

Lo que cambia

  • 🔗 complementaLey 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres—
  • 🔗 complementaLey 31250, Ley del SINACTI (mod. DL 1727)concursos de CTI
  • 🔗 complementaLey 27942 y DS 014-2019-MIMPprotocolos en educación superior
  • 🔗 complementaLey 29837, Ley del PRONABECcriterios de becas
TAL-05Mujeres en STEM

Promover la participación de niñas, adolescentes y mujeres en STEM mediante medidas educativas, de financiamiento y de medición.

Dictamina: Diputados · Inclusión Social, Familia, Mujer y Pueblos Andinos, Amazónicos y AfroperuanosRevisión: Senado · En asuntos de Salud, Educación, Cultura, Mujer y Desarrollo Social y Digital

Quién hace qué

🧭 Dirige
MIMP

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables · MIMP
Rectoría en igualdad y coordinación de la mentoría (art. 3).

⚙️ Ejecuta
CONCYTEC

Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación · PCM
Línea de mentoría (art. 3), criterios de equidad en concursos (art. 4) y reporte anual (art. 7).

MINEDU

Ministerio de Educación · Educación
Orientación vocacional y revisión de materiales (art. 2); recibe reportes de institutos (art. 5.2); remite información (art. 7.2).

PRONABEC

PRONABEC · MINEDU
Aplica criterios de equidad y ampliación de plazos en becas STEM (art. 4).

MTPE

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo · Trabajo
Reconoce a empleadores (art. 6).

INEI

Instituto Nacional de Estadística e Informática · PCM
Remite información desagregada (art. 7.2).

🔍 Supervisa
SUNEDU

Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria · MINEDU
Recibe reportes y considera su omisión en la supervisión (art. 5.2).

👥 A quién beneficia

Niñas, adolescentes y mujeres en formación STEM; investigadoras gestantes o con hijos pequeños. Sin cifra pública consolidada.

📋 Quién debe cumplir

Universidades e institutos con programas STEM (arts. 5); entidades que administran concursos de CTI y becas con fondos públicos (art. 4); personas mentoras de menores (art. 3.2).

Ruta de implementación

  1. 📝Se presentaCámara de Diputados
  2. 🏛️Dictamencomisión, hasta 60 días hábiles
  3. 🗳️Pleno Diputadosaprobación
  4. ⚖️Senado revisacomisión, hasta 90 días hábiles
  5. ✍️PromulgaciónPoder Ejecutivo
  6. 📜Reglamentoplazo de ley
  7. 🎯Meta 2031A 2031, reporte anual de brechas de género en STEM publicado por cinco años consecutivos y aumento verificable de la pro

Lo que cuesta

S/ 0,3–1 millón/año
Costo fiscalbajo

Quién paga: Presupuestos institucionales del CONCYTEC, MINEDU y MIMP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Costo para privados: Universidades e institutos: adecuación de protocolos y reporte anual (costo administrativo bajo).

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Lo que se gana

🏛️ Para el Estado: Mejor focalización de fondos de CTI con datos de brechas. No cuantificable con información pública.

👥 Para la sociedad: Mayor participación femenina en carreras y empleos STEM, mejor remunerados; entornos de laboratorio y campo más seguros. Cualitativo.

📈 Inversión privada: No aplica; reconocimiento voluntario a empleadores.

Confianzamedia

Exposición de motivos — el problema

La UNESCO documenta que, a nivel mundial, las mujeres siguen subrepresentadas en carreras y empleos STEM, y que los estereotipos de género afectan la autopercepción de niñas y adolescentes en matemáticas y ciencias desde edades tempranas. En el Perú, la brecha digital de género también es visible en la población adulta: el INEI (TIC, III Trimestre 2025) reporta que el 83,6% de los hombres de 6 y más años usó Internet frente al 80,9% de las mujeres, brecha que se amplía en la población adulta mayor (53,4% frente a 43,7%, según el informe de población adulta mayor del II Trimestre 2025). La Ley 28983 obliga al Estado a promover la igualdad de oportunidades, y la Ley 31250, del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, ordena el sistema de CTI, pero ninguna contiene medidas específicas de igualdad de género en ciencia y tecnología, y no existe una medición oficial periódica y pública de la participación femenina en matrícula STEM, docencia universitaria STEM, investigadores registrados y financiamiento de proyectos. Sin datos ni metas, las acciones dependen de iniciativas voluntarias de universidades, empresas y organizaciones civiles.

Objeto

Promover la participación de niñas, adolescentes y mujeres en STEM mediante medidas educativas, de financiamiento y de medición.

Análisis costo-beneficio

Las medidas son principalmente normativas, de información y de reorientación de programas existentes (tutoría, concursos, becas, reconocimientos), con costo fiscal bajo y financiadas con presupuestos institucionales, sin imponer gasto nuevo (art. 79 de la Constitución; STC 00018-2023-PI/TC). El principal costo es la producción del reporte anual y la mentoría, estimado entre S/ 0,3 y 1 millón al año, que puede ejecutarse con alianzas académicas y voluntariado profesional. La ampliación de plazos por maternidad no tiene costo fiscal relevante. Los beneficios son la ampliación del talento disponible para sectores tecnológicos, mejoras en innovación por diversidad de equipos y reducción de brechas salariales de género. La medición pública y la revisión quinquenal garantizan que las acciones afirmativas sean temporales y proporcionales.

Impacto económico: detalle y supuestos

Estimación referencial con supuestos explícitos · confianza: media. No es un dato oficial ni reemplaza el informe del MEF.

Tipo de impacto

gasto

Costo para el Estado

S/ 0,3–1 millón/año

Horizonte

anual

Financiamiento

Presupuestos institucionales del CONCYTEC, MINEDU y MIMP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Beneficio para el Estado

Mejor focalización de fondos de CTI con datos de brechas. No cuantificable con información pública.

Beneficio para la sociedad

Mayor participación femenina en carreras y empleos STEM, mejor remunerados; entornos de laboratorio y campo más seguros. Cualitativo.

Inversión privada movilizable

No aplica; reconocimiento voluntario a empleadores.

Costo para privados

Universidades e institutos: adecuación de protocolos y reporte anual (costo administrativo bajo).

Riesgos

Cuestionamientos al principio de igualdad si las medidas no se revisan (mitigado con revisión quinquenal); exposición de víctimas en programas pequeños (mitigado con art. 5.3).

Supuestos del cálculo

Reporte anual a partir de registros administrativos existentes vía interoperabilidad (1-2 analistas) y coordinación de una línea de mentoría virtual con mentoras voluntarias; costos estimados con remuneraciones referenciales del sector público, sin fuente oficial de costo unitario.

Revisión especializada

Revisión asistida por IA desde cinco especialidades, sobre la versión anterior del texto. No reemplaza la revisión de un abogado ni el dictamen de comisión.

Observaciones atendidas en esta versión: 15 corregidas, 0 parciales, 0 no aplicadas (con justificación).

EspecialidadVeredictoOpinión
ConstitucionalCon observacionesLas medidas de igualdad material (art. 2.2) y de acción positiva en concursos públicos son constitucionalmente admisibles por ser temporales, razonables y orientadas a corregir una brecha medible. Debe corregirse la cita de la Ley 28303, que está derogada, y evitar duplicar el régimen de hostigamiento sexual.
Hallazgos: 1 altos · 0 medios · 2 bajos
Técnica legislativaObservaciones gravesMedidas razonables de promoción, sin gasto relevante. La observación grave es formal pero insalvable: el efecto de vigencia y las normas relacionadas invocan la Ley 28303, derogada por la Ley 31250. Además, el art. 5 duplica obligaciones ya previstas en el régimen de prevención del hostigamiento sexual y carece de consecuencia.
Hallazgos: 1 altos · 1 medios · 1 bajos
Concordancia normativaObservaciones gravesCita la Ley 28303, derogada por la Ley 31250. Los protocolos de hostigamiento sexual del artículo 5 ya son obligatorios por la Ley 27942 y su reglamento (DS 014-2019-MIMP) y por la Ley 30220; la propuesta debe remitirse a ellos. Superposición con TAL-03 (criterios de género en becas) y con el proyecto 14748/2025-CR (sello de equidad STEM).
Hallazgos: 1 altos · 1 medios · 2 bajos
SeguridadCon observacionesLas medidas de equidad son adecuadas; desde la seguridad, el programa de mentoría que vincula adultos con adolescentes requiere salvaguardas de protección de menores, y los reportes de hostigamiento deben proteger la identidad de las denunciantes.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 1 bajos
Derecho tecnológicoCon observacionesLas medidas son razonables, de bajo costo y con buen enfoque de datos. Pero los protocolos contra el hostigamiento sexual en instituciones de educación superior ya son obligatorios por la Ley 27942 y su reglamento, así que el art. 5 los duplica en parte. Además, sustenta la propuesta en la Ley 28303, cuya vigencia tras la Ley 31250 debe verificarse.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 2 bajos

Efecto de la vigencia sobre la legislación nacional

Complementa la Ley 28983; la Ley 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, modificada por el Decreto Legislativo 1727; la Ley 27942 y su reglamento (Decreto Supremo 014-2019-MIMP); la Ley 30220; la Ley 30512 y la Ley 29837. No modifica ni deroga normas con rango de ley.

Indicador de éxito al 2031

A 2031, reporte anual de brechas de género en STEM publicado por cinco años consecutivos y aumento verificable de la proporción de mujeres en matrícula STEM respecto de la línea de base.

Normas relacionadas

Antecedentes

Periodo 2021-2026 (según revisión normativa en SPLEY): 14748/2025-CR, Sello de Equidad STEM para reducir la brecha de género en CTIM (en comisión); 12033/2025-CR, integración de la educación STEM (en comisión).

Referencias internacionales

Fuentes

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