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IA-03 Ley que establece el régimen del entorno controlado de pruebas regulatorias para sistemas de inteligencia artificial y la coordinación entre autoridades sectoriales

Regula con rango de ley el entorno controlado de pruebas regulatorias para sistemas de IA previsto en el marco de la Ley 31814: habilita a las autoridades a exceptuar temporalmente requisitos reglamentarios de su competencia, fija límites indisponibles, salvaguardas proporcionales al riesgo, reglas de prelación frente a sandboxes sectoriales y publicidad del aprendizaje regulatorio.

Prioridad media Costo fiscal: bajo Plazo: corto Visión 2036: 66 pts · Ola 2 · 2027 Diputados: Ciencia, Innovación Tecnológica y Sociedad Digital + Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera Senado: En asuntos de Salud, Educación, Cultura, Mujer y Desarrollo Social y Digital

La ley en un vistazo

Lo que cambia

  • 🔗 complementaDecreto Supremo 115-2025-PCM, Reglamento de la Ley 31814art. 17
  • 🔗 complementaLey 31814integral
  • 🔗 complementaLey 29733, Ley de Protección de Datos Personalestratamiento ulterior en pruebas
IA-03Sandbox regulatorio de IA

Establecer con rango de ley el régimen del entorno controlado de pruebas regulatorias para sistemas de IA, la habilitación para exceptuar temporalmente requisitos reglamentarios, la coordinación y prelación con regímenes

Dictamina: Diputados · Ciencia, Innovación Tecnológica y Sociedad DigitalRevisión: Senado · En asuntos de Salud, Educación, Cultura, Mujer y Desarrollo Social y Digital

Quién hace qué

🧭 Dirige
PCM-SGTD

Presidencia del Consejo de Ministros – Secretaría de Gobierno y Transformación Digital · PCM
Conduce el Entorno, convoca y admite (arts. 2.1 y 3), emite opinión técnica previa a excepciones (art. 4.4), deriva a regímenes sectoriales (art. 2.4) y publica resultados (art. 7).

🔍 Supervisa
Autoridades sectoriales y organismos reguladores (OSIPTEL, SUSALUD, DIGEMID, entre otros)

Autoridades sectoriales y organismos reguladores (OSIPTEL, SUSALUD, DIGEMID, entre otros) · Varios
Aprueban por resolución las excepciones de su competencia (art. 4.4), pueden suspender pruebas (art. 5.3) y emiten el informe de salida (art. 6.2).

ANPD

Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales · MINJUSDH
Participa cuando hay datos personales y puede autorizar tratamiento ulterior seudonimizado (arts. 2.2, 3.3 y 5.4).

INDECOPI

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual · PCM
Participa en pruebas dirigidas a consumidores (art. 2.2).

CNSD

Centro Nacional de Seguridad Digital · PCM
Participa cuando el proyecto use datos o sistemas públicos (art. 2.2).

💬 Opina
SBS / BCRP

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y Banco Central de Reserva del Perú · Organismos constitucionalmente autónomos
Participación voluntaria por convenio; sus regímenes de pruebas prevalecen (arts. 2.3 y 2.4).

👥 A quién beneficia

Mipymes, emprendimientos y universidades que desarrollan IA (al menos la mitad de cupos reservada, art. 8); usuarios de servicios regulados que acceden a innovaciones probadas.

📋 Quién debe cumplir

Participantes admitidos (empresas, universidades, entidades públicas) durante la prueba; autoridades sectoriales que otorguen excepciones.

Ruta de implementación

  1. 📝Se presentaCámara de Diputados
  2. 🏛️Dictamencomisión, hasta 60 días hábiles
  3. 🗳️Pleno Diputadosaprobación
  4. ⚖️Senado revisacomisión, hasta 90 días hábiles
  5. ✍️PromulgaciónPoder Ejecutivo
  6. 📜Reglamentoplazo de ley
  7. 🎯Meta 2031Al 2031, al menos 40 proyectos concluidos en el Espacio de Pruebas, con informes de salida publicados y al menos cinco m

Lo que cuesta

S/ 0.3–0.6 millones/año (estimación referencial)
Costo fiscalbajo

Quién paga: Presupuesto institucional de la PCM y de las autoridades participantes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe previo del MEF antes del dictamen (art. 79; STC 00018-2023-PI/TC).

Costo para privados: Plan de riesgos, plan de seguridad y garantías proporcionales al riesgo; dispensables en pruebas sin personas o de bajo riesgo.

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Lo que se gana

🏛️ Para el Estado: Evidencia para mejora regulatoria y reducción de normas obsoletas (art. 7.2). Cualitativo.

👥 Para la sociedad: Menor incertidumbre jurídica para invertir en IA en sectores regulados; protección de participantes mediante consentimiento, garantías y suspensión. No cuantificable con información pública.

📈 Inversión privada: Puede movilizar inversión en I+D aplicada en sectores regulados; no cuantificable con información pública.

Confianzabaja

Exposición de motivos — el problema

El Reglamento de la Ley 31814 (D.S. 115-2025-PCM, art. 17) prevé un entorno de experimentación y prueba a cargo de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), y la Estrategia Nacional de IA incluye el sandbox regulatorio en su eje de innovación. Sin embargo, al ser una norma reglamentaria, ese entorno no puede exceptuar exigencias de decretos supremos de otros sectores ni vincular a reguladores con autonomía (salud, telecomunicaciones, protección de datos, consumo), precisamente donde el Reglamento ubica los usos de riesgo alto (art. 24.1). Tampoco fija salvaguardas mínimas para las personas que participan, plazos máximos, criterios de salida, reglas sobre la potestad sancionadora durante la prueba ni la obligación de publicar aprendizajes. Además, coexiste con regímenes sectoriales —como el de pruebas de modelos novedosos de la SBS— sin regla de prelación, de modo que un mismo proyecto fintech con IA podría quedar sometido a dos sandboxes con criterios distintos. El resultado previsible es un entorno con baja demanda o de alcance declarativo. El Plan IA Perú 2050 (CIP/CNPP) proyecta que 30% de las empresas medianas y grandes usen IA en procesos centrales al 2030, meta que requiere canales seguros para probar soluciones sin incertidumbre jurídica. España (Real Decreto 817/2023) y el Reglamento europeo de IA (arts. 57 a 59) regulan estos espacios con rango normativo suficiente.

Objeto

Establecer con rango de ley el régimen del entorno controlado de pruebas regulatorias para sistemas de IA, la habilitación para exceptuar temporalmente requisitos reglamentarios, la coordinación y prelación con regímenes sectoriales y las salvaguardas para las personas y la seguridad digital.

Análisis costo-beneficio

El costo es bajo: se reutiliza la estructura de la SGTD y de los reguladores existentes, y la carga principal es la evaluación de postulaciones y el seguimiento de pruebas. Los participantes asumen sus propios costos, con garantías proporcionales al riesgo que no excluyen a mipymes ni universidades públicas. El beneficio es doble: reduce la incertidumbre jurídica que frena inversiones en IA aplicada en sectores regulados y produce evidencia empírica para ajustar normas a riesgos reales. La regla de prelación (art. 2.4) evita duplicidad con el régimen de pruebas de la SBS y otros sectoriales. El riesgo de captura regulatoria se mitiga con convocatoria pública, criterios objetivos, extensión de excepciones a quienes estén en igual situación y la prohibición de exceptuar derechos fundamentales, tributos, normas de rango legal y seguridad digital. Conforme al art. 79 de la Constitución, no impone gasto adicional. Vinculación con las Políticas de Estado 20 (Desarrollo de la ciencia y la tecnología) y 35 (Sociedad de la información y sociedad del conocimiento) del Acuerdo Nacional.

Impacto económico: detalle y supuestos

Estimación referencial con supuestos explícitos · confianza: baja. No es un dato oficial ni reemplaza el informe del MEF.

Tipo de impacto

gasto

Costo para el Estado

S/ 0.3–0.6 millones/año (estimación referencial)

Horizonte

2027-2031

Financiamiento

Presupuesto institucional de la PCM y de las autoridades participantes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe previo del MEF antes del dictamen (art. 79; STC 00018-2023-PI/TC).

Beneficio para el Estado

Evidencia para mejora regulatoria y reducción de normas obsoletas (art. 7.2). Cualitativo.

Beneficio para la sociedad

Menor incertidumbre jurídica para invertir en IA en sectores regulados; protección de participantes mediante consentimiento, garantías y suspensión. No cuantificable con información pública.

Inversión privada movilizable

Puede movilizar inversión en I+D aplicada en sectores regulados; no cuantificable con información pública.

Costo para privados

Plan de riesgos, plan de seguridad y garantías proporcionales al riesgo; dispensables en pruebas sin personas o de bajo riesgo.

Riesgos

Baja demanda si los reguladores no participan; captura regulatoria; daños a participantes en pruebas reales; uso del entorno como vía de acceso a sistemas públicos si no se segregan.

Supuestos del cálculo

Equipo de 2 a 3 profesionales de la SGTD dedicados a convocatoria, evaluación y seguimiento de 8 a 15 proyectos por año, a una remuneración referencial de S/ 10 000–14 000 mensuales (supuesto propio basado en perfiles CAS especializados); las autoridades sectoriales usan personal existente. Sin base oficial: confianza baja.

Revisión especializada

Revisión asistida por IA desde cinco especialidades, sobre la versión anterior del texto. No reemplaza la revisión de un abogado ni el dictamen de comisión.

Observaciones atendidas en esta versión: 22 corregidas, 1 parciales, 0 no aplicadas (con justificación).

EspecialidadVeredictoOpinión
ConstitucionalCon observacionesEl régimen de espacio de pruebas es constitucionalmente viable si la ley fija criterios objetivos de selección y límites claros a la flexibilización. Debe evitarse que la participación 'obligatoria' alcance a organismos autónomos y excluirse expresamente la materia tributaria.
Hallazgos: 0 altos · 3 medios · 1 bajos
Técnica legislativaCon observacionesElevar a ley el entorno de pruebas es técnicamente correcto, pero la propuesta contradice su propio régimen de participación de reguladores autónomos, se remite al reglamento para los usos prohibidos, no regula el régimen sancionador durante la prueba y usa una denominación distinta de la del Reglamento de la Ley 31814.
Hallazgos: 0 altos · 3 medios · 3 bajos
Concordancia normativaCon observacionesEleva a ley el sandbox del art. 17 del D.S. 115-2025-PCM (verificado) y resuelve su límite real: no vincula a reguladores autónomos. Debe evitar colisión con los sandboxes sectoriales ya vigentes (SBS) y con los mecanismos de ECO-01/ECO-06, y conviene insertarse en la Ley 31814.
Hallazgos: 0 altos · 2 medios · 3 bajos
SeguridadCon observacionesEl sandbox protege la seguridad de los datos personales, pero no declara indisponibles las obligaciones de seguridad digital ni de notificación de incidentes, no exige un plan de seguridad para admitir proyectos y no controla el acceso a datos o infraestructura del Estado durante la prueba.
Hallazgos: 0 altos · 2 medios · 1 bajos
Derecho tecnológicoCon observacionesElevar a ley el sandbox del art. 17 del DS 115-2025-PCM es correcto, porque solo una habilitación legal permite eximir reglamentos sectoriales. Debe articularse con los sandboxes ya existentes de la SBS y otros reguladores autónomos, hacer proporcionales las garantías (hoy son una barrera para mipymes y universidades) y precisar la base legal para el tratamiento de datos personales durante la prueba.
Hallazgos: 0 altos · 3 medios · 2 bajos

Efecto de la vigencia sobre la legislación nacional

Complementa la Ley 31814 y dispone la adecuación del art. 17 del Reglamento de la Ley 31814 (D.S. 115-2025-PCM). Habilita con rango de ley excepciones temporales a disposiciones reglamentarias sectoriales. Respeta, por prelación, los regímenes de pruebas de organismos autónomos y reguladores (p. ej., el de modelos novedosos de la SBS, Res. SBS 2429-2021, vigencia por verificar). Se opta por ley especial en lugar de incorporar artículos a la Ley 31814 por la extensión del régimen. No deroga normas.

Indicador de éxito al 2031

Al 2031, al menos 40 proyectos concluidos en el Espacio de Pruebas, con informes de salida publicados y al menos cinco modificaciones normativas originadas en sus aprendizajes.

Normas relacionadas

Antecedentes

No se identificaron en SPLEY proyectos del periodo 2021-2026 con títulos sobre espacios controlados de prueba para IA (búsqueda de la revisión de concordancia normativa; por confirmar al dictaminar). Antecedente reglamentario: art. 17 del D.S. 115-2025-PCM.

Referencias internacionales

Fuentes

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