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Propuestas › Gobierno digital y transparencia

GOB-14 Ley que profesionaliza la conducción de la transformación digital en las entidades públicas y establece la familia de puestos de talento digital en el Servicio Civil

Establece un perfil mínimo y funciones legales para el Líder de Gobierno y Transformación Digital de las entidades del Poder Ejecutivo, con selección por mérito cuando exista puesto directivo exclusivo y bajo el régimen de directivos de la Ley 30057, y encarga a SERVIR una familia de puestos de talento digital con la ciberseguridad como subfamilia. No crea plazas ni gasto: los puestos se implementan según disponibilidad presupuestal.

Prioridad alta Costo fiscal: bajo Plazo: mediano Visión 2036: 51 pts · Ola 1 · Primeros 100 días Diputados: Modernización de la Gestión del Estado y Contraloría + Trabajo y Seguridad Social Senado: En asuntos de Gestión del Estado y Contraloría

La ley en un vistazo

Lo que cambia

  • 🔗 complementaDecreto Supremo 033-2018-PCMrol de Líder de Gobierno Digital
  • 🔗 complementaDecreto Supremo 029-2021-PCMOficial de Gobierno de Datos y Oficial de Seguridad y Confianza Digital
  • 🔗 complementaLey 30057, Ley del Servicio Civilrégimen de directivos públicos y familias de puestos (sin modificación)
  • 🔗 complementaDecreto Legislativo 1024, Cuerpo de Gerentes Públicosselección
GOB-14Liderazgo digital profesional

Profesionalizar la conducción de la transformación digital en las entidades públicas mediante un perfil mínimo, funciones legales y selección por mérito del Líder de Gobierno y Transformación Digital, y una familia de pu

Dictamina: Diputados · Modernización de la Gestión del Estado y ContraloríaRevisión: Senado · En asuntos de Gestión del Estado y Contraloría

Quién hace qué

🧭 Dirige
SERVIR

Autoridad Nacional del Servicio Civil · PCM
Aprueba el perfil mínimo (art. 4.1) y la familia de puestos de talento digital con subfamilia de ciberseguridad (art. 6); conduce concursos (art. 4.2).

⚙️ Ejecuta
ENAP

Escuela Nacional de Administración Pública · PCM
Programa de formación continua con su presupuesto (art. 7).

Entidades del Poder Ejecutivo

Entidades del Poder Ejecutivo · Varios
Designan un líder con perfil y separan el rol del Oficial de Seguridad (art. 2).

💰 Financia
MEF

Ministerio de Economía y Finanzas · MEF
Habilitación de puestos según leyes anuales de presupuesto (DCF Segunda).

🏢 Debe cumplir
Organismos autónomos, gobiernos regionales y municipalidades

Organismos autónomos, gobiernos regionales y municipalidades · Varios
Designan responsable conforme a su autonomía (art. 2.3).

💬 Opina
SGTD

Secretaría de Gobierno y Transformación Digital · PCM
Coordina perfil y formación (arts. 4.1 y 7) y es contraparte de los líderes (art. 3.1.e).

👥 A quién beneficia

Entidades públicas (continuidad de proyectos), profesionales digitales (línea de carrera) y ciudadanos usuarios de servicios digitales.

📋 Quién debe cumplir

Entidades del Poder Ejecutivo; organismos autónomos y gobiernos subnacionales en el marco de su autonomía.

Ruta de implementación

  1. 📝Se presentaCámara de Diputados
  2. 🏛️Dictamencomisión, hasta 60 días hábiles
  3. 🗳️Pleno Diputadosaprobación
  4. ⚖️Senado revisacomisión, hasta 90 días hábiles
  5. ✍️PromulgaciónPoder Ejecutivo
  6. 📜Reglamentoplazo de ley
  7. 🎯Meta 2031A 2031, el 100% de los ministerios cuenta con Líder de Gobierno y Transformación Digital que cumple el perfil de SERVIR,

Lo que cuesta

S/ 0 obligatorio (puestos exclusivos sujetos a disponibilidad presupuestal)
Costo fiscalbajo

Quién paga: Presupuesto institucional de las entidades, SERVIR y ENAP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro; puestos exclusivos solo vía leyes anuales de presupuesto. Requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe previo de sostenibilidad fiscal del MEF antes del dictamen.

Costo para privados: Nulo.

⇄

Lo que se gana

🏛️ Para el Estado: Menos compras tecnológicas fallidas o duplicadas y menor dependencia de consultorías. No cuantificable con información pública.

👥 Para la sociedad: Servicios digitales más continuos y mejor diseñados.

📈 Inversión privada: No aplica.

Confianzamedia

Exposición de motivos — el problema

El Decreto Supremo 033-2018-PCM creó el rol de Líder de Gobierno Digital en cada entidad; hoy se denomina Líder de Gobierno y Transformación Digital y, junto con el Comité de Gobierno y Transformación Digital, se regula en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital (Decreto de Urgencia 006-2020) y del Decreto Supremo 029-2021-PCM, que prevé además el Oficial de Gobierno de Datos y el Oficial de Seguridad y Confianza Digital. En la práctica, este rol se asigna por designación a un funcionario de la alta dirección o a un director de órgano de línea, como función adicional a su cargo y sin un perfil técnico mínimo, lo que lo expone a la rotación propia de los cambios de gestión. La transformación digital requiere continuidad de varios años, capacidad para gestionar proyectos tecnológicos complejos y conocimiento de datos, interoperabilidad, contratación de tecnología y diseño de servicios. Sin un responsable profesional y estable, las entidades dependen de consultores externos, repiten errores de contratación y abandonan proyectos a mitad de camino. Además, no existe en el Servicio Civil una familia de puestos para perfiles digitales, lo que dificulta atraer y retener talento. El Plan Perú 2050 (Reforma del Estado) identifica la reforma de la gestión del capital humano en el sector público como proyecto prioritario. El Reino Unido (marco de capacidades de la profesión digital, de datos y tecnología), Canadá (Directiva sobre Servicio y Digital, que define responsabilidades del CIO) y Chile (Ley 21.180) muestran el valor de profesionalizar este rol.

Objeto

Profesionalizar la conducción de la transformación digital en las entidades públicas mediante un perfil mínimo, funciones legales y selección por mérito del Líder de Gobierno y Transformación Digital, y una familia de puestos de talento digital en el Servicio Civil, sin crear plazas ni gasto.

Análisis costo-beneficio

La ley no crea plazas ni gasto: el rol puede ejercerse por un directivo o servidor existente que cumpla el perfil, y los puestos directivos exclusivos y de la familia de talento digital se habilitan solo según disponibilidad presupuestal y leyes anuales de presupuesto. El costo directo es administrativo (aprobación de perfiles por SERVIR y formación por la ENAP con su presupuesto). En gobiernos locales se prevén responsables compartidos. Beneficios: continuidad de los proyectos digitales más allá de los cambios de gestión, mejores decisiones de contratación tecnológica, menor dependencia de consultorías, un interlocutor técnico estable para la rectoría de gobierno digital y una vía de carrera para atraer talento digital. Requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe del MEF sobre sostenibilidad fiscal antes del dictamen. Costo fiscal estimado: bajo.

Impacto económico: detalle y supuestos

Estimación referencial con supuestos explícitos · confianza: media. No es un dato oficial ni reemplaza el informe del MEF.

Tipo de impacto

neutro

Costo para el Estado

S/ 0 obligatorio (puestos exclusivos sujetos a disponibilidad presupuestal)

Horizonte

anual

Financiamiento

Presupuesto institucional de las entidades, SERVIR y ENAP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro; puestos exclusivos solo vía leyes anuales de presupuesto. Requiere coordinación con el Poder Ejecutivo e informe previo de sostenibilidad fiscal del MEF antes del dictamen.

Beneficio para el Estado

Menos compras tecnológicas fallidas o duplicadas y menor dependencia de consultorías. No cuantificable con información pública.

Beneficio para la sociedad

Servicios digitales más continuos y mejor diseñados.

Inversión privada movilizable

No aplica.

Costo para privados

Nulo.

Riesgos

Que el rol siga ejerciéndose como encargo sin dedicación por falta de presupuesto; brechas salariales frente al mercado; rotación en gobiernos subnacionales.

Supuestos del cálculo

La ley no obliga a crear plazas: el rol puede ser asumido por personal existente. El costo potencial de puestos exclusivos depende de decisiones presupuestales futuras y no se estima. Costos administrativos de SERVIR y ENAP absorbidos en su presupuesto.

Revisión especializada

Revisión asistida por IA desde cinco especialidades, sobre la versión anterior del texto. No reemplaza la revisión de un abogado ni el dictamen de comisión.

Observaciones atendidas en esta versión: 19 corregidas, 0 parciales, 0 no aplicadas (con justificación).

EspecialidadVeredictoOpinión
ConstitucionalObservaciones gravesProfesionalizar la conducción digital es legítimo, pero la propuesta obliga a crear un cargo directivo exclusivo (prohíbe el encargo) con escalas propias en todas las entidades, lo que es iniciativa de gasto con impacto futuro (art. 79; STC 00018-2023-PI/TC), e impone una estructura orgánica a organismos constitucionalmente autónomos y a gobiernos regionales y locales, afectando su autonomía.
Hallazgos: 1 altos · 1 medios · 3 bajos
Técnica legislativaObservaciones gravesProfesionalizar la conducción digital es pertinente, pero la propuesta obliga a crear un cargo directivo exclusivo en cientos de entidades (con costo fiscal medio declarado), lo que choca con el art. 79 de la Constitución. Además, fija un periodo y causales de remoción distintos del régimen de directivos de la Ley 30057 sin modificarla, impone su estructura a organismos constitucionalmente autónomos y pretende modificar un decreto supremo «en lo pertinente».
Hallazgos: 1 altos · 3 medios · 1 bajos
Concordancia normativaCon observacionesD.S. 033-2018-PCM verificado como origen del rol de Líder de Gobierno Digital; la denominación 'Líder de Gobierno y Transformación Digital' y el Comité provienen de normas posteriores (verificar si de resolución ministerial de la PCM y no del D.U. 006-2020). Fijar un periodo de 4 años choca con el régimen de directivos públicos de la Ley 30057, y su 'familia de puestos de talento digital' se superpone con la de ciberseguridad de CIB-12.
Hallazgos: 0 altos · 3 medios · 2 bajos
SeguridadCon observacionesProfesionalizar la conducción digital es positivo. Debe preservarse la separación entre la Jefatura de Transformación Digital y el oficial de seguridad y confianza digital, e incorporar la seguridad desde el diseño entre sus funciones, con opinión del oficial en las contrataciones tecnológicas.
Hallazgos: 0 altos · 0 medios · 1 bajos
Derecho tecnológicoCon observacionesProfesionalizar el rol del Líder de Gobierno y Transformación Digital (creado por el DS 033-2018-PCM) es pertinente. Debe alinear el periodo de designación con el régimen de directivos de la Ley 30057, coordinar la familia de 'talento digital' con la de ciberseguridad (CIB-12) y con roles ya existentes en el DS 029-2021-PCM (Oficial de Gobierno de Datos, Oficial de Seguridad Digital), y no imponer estructura interna a organismos constitucionalmente autónomos.
Hallazgos: 0 altos · 1 medios · 2 bajos

Efecto de la vigencia sobre la legislación nacional

No modifica normas con rango de ley. Dispone la adecuación del Decreto Supremo 033-2018-PCM y del Decreto Supremo 029-2021-PCM. Complementa el Decreto de Urgencia 006-2020, el Decreto Legislativo 1412, la Ley 30057 (régimen de directivos públicos y compensaciones) y el Decreto Legislativo 1024. La familia de puestos de talento digital comprende la subfamilia de ciberseguridad, para que exista una sola familia en SERVIR.

Indicador de éxito al 2031

A 2031, el 100% de los ministerios cuenta con Líder de Gobierno y Transformación Digital que cumple el perfil de SERVIR, la familia de puestos de talento digital (con subfamilia de ciberseguridad) está aprobada y en uso en los cuadros de puestos de al menos 30 entidades, y la permanencia media del rol supera tres años.

Normas relacionadas

Antecedentes

Periodo 2021-2026: PL 04491/2022-CR, que modifica los artículos 2, 4 y 7 del Decreto Legislativo 1412 para fortalecer la implementación del gobierno digital (en comisión); PL 05220/2022-CR, que modifica el artículo 9 del Decreto Legislativo 1412 (en comisión).

Referencias internacionales

Fuentes

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